Resolución Nº R-DCA-00607-2015 de Hospital Doctor Calderon Guardia, 13-08-2015

Fecha13 Agosto 2015
EmisorHospital Doctor Calderon Guardia
R-DCA-607-2015
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación
Administrativa. San José, a las nueve horas diecinueve minutos del trece de agosto de
dos mil quince. ---------------------------------------------------------------------------------------------------
Recurso de objeción interpuesto por Tecnogas del Aire, S.A. en contra del cartel de la
Licitación Pública 2015LN-000005-2101, promovida por el Hospital Dr. Rafael Ángel
Calderón Guardia para el “Arrendamiento de Concentradores de Oxígeno para
Oxigenoterapia Domiciliar.-----------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I. Que la empresa Tecnogas del Aire, S.A. presentó en fecha 29 de julio de 2015 recurso
de objeción. -------------------------------------------------------------------------------------------------------
II. Que mediante auto de las trece horas cuarenta minutos del treinta de julio de dos mil
quince se otorgó audiencia especial a la Administración licitante. Dicha audiencia fue
atendida mediante oficio SCA-2518-08-2015 del 04 de agosto de 2015. ------------------------
III. En el procedimiento se han observados la disposiciones legales respectivas.--------------
CONSIDERANDO
I. Sobre el plazo para resolver. En relación con los plazos para resolver el
presente recurso de objeción, debe considerarse lo dispuesto por la resolución No. R-CO-
092-2015 de las nueve horas del seis de agosto del dos mil quince del Despacho de la
señora Contralora General de la República, que en razón de la remodelación del piso que
ocupa actualmente la División de Contratación Administrativa y su traslado al edificio
anexo; para los efectos de la contabilización de los plazos para resolver los asuntos en
trámite dispuso: “3. Suspender para efectos de cómputo del plazo de todas las gestiones
que atiende la División de Contratación Administrativa, el día siete de agosto de 2015,
reanudándose los plazos el día diez de agosto siguiente. Esta suspensión operará tanto
para las gestiones ingresadas antes del día siete de agosto del dos mil quince, como para
aquellas que se presenten ese mismo día.” De conformidad con dicha resolución, se tiene
por emitida en tiempo la presente resolución.--------------------------------------------------------------
V. Sobre el fondo del recurso. En el escrito del recurso de objeción la empresa
recurrente presenta los siguientes alegatos: 1) Comprobación de la edad de los
concentradores. lncisos m y n, punto 13 del cartel. Manifiesta la objetante que hay
una afectación a los principio de igualdad de trato y de transparencia. Agrega, que con
respecto a los concentradores usados con menos de dos años de fabricación, y teniendo

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