Resolución Nº R-DCA-00680-2018 de Junta Administrativa del Colegio Nocturno de Cartago, 16-07-2018

Fecha16 Julio 2018
EmisorJunta Administrativa del Colegio Nocturno de Cartago
R-DCA-0680-2018
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa.
San José, a las nueve horas con cincuenta minutos del dieciséis de julio del dos mil dieciocho.--
Recurso de apelación interpuesto por INGENIERÍA CONTEMPORÁNEA, S.A., en contra del
acto que declara desierta la CONTRATACIÓN DIRECTA CONCURSADA No. 002-2018,
promovida por la JUNTA ADMINISTRATIVA DEL COLEGIO NOCTURNO DE CARTAGO, para
la contratación de mano de obra para la construcción del comedor atípico.-----------------------------
RESULTANDO
I. Que la empresa Ingeniería Contemporánea, S.A., el diez de mayo del dos mil dieciocho,
interpuso ante este órgano contralor recurso de apelación contra el acto que declaró desierta la
referida contratación directa concursada No. 002-2018.------------------------------------------------------
II. Que mediante auto de las trece horas veintitrés minutos del once de mayo del dos mil
dieciocho, esta División solicitó el expediente administrativo, el cual fue remitido mediante oficio
No. J.A.C.N.C. CDC 002-2018-01 del quince de mayo de dos mil dieciocho.---------------------------
III. Que mediante auto de las ocho horas treinta y dos minutos del veinticuatro de mayo del dos
mil dieciocho se confirió audiencia inicial a la Junta Administrativa, la que fue atendida mediante
escrito agregado al expediente de apelación.--------------------------------------------------------------------
IV. Que mediante auto de las nueve horas cuarenta y siete minutos del cuatro de junio del dos
mil dieciocho se confirió audiencia especial a la empresa apelante para que se refiera a los
incumplimientos que le achaca la promotora del concurso a la propuesta de la empresa
apelante, audiencia que fue atendida según escrito agregado al expediente de apelación.---------
V. Que mediante auto de las ocho horas treinta y tres minutos del veintiocho de junio de dos mil
dieciocho esta División rechazó la solicitud de prueba requerida por la Junta.--------------------------
VI. Que mediante auto de las nueve horas diecinueve minutos del cuatro de julio de dos mil
dieciocho esta División confirió audiencia final a todas las partes para que formularan sus
conclusiones, la cual fue atendida según escritos agregados al expediente de la apelación.
Además, mediante el citado auto se prorrogó el plazo para resolver el recurso interpuesto.--------
VII. Que la presente resolución se emite dentro del plazo de ley y en su trámite se han
observado las prescripciones legales y reglamentarias correspondientes.-------------------------------

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