Resolución Nº R-DCA-304-2014 de Hospital Max Teran Valls de Quepos, 14-05-2014

EmisorHospital Max Teran Valls de Quepos
Fecha14 Mayo 2014
R-DCA-304-2014
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa.
San José, a las ocho horas del catorce de mayo de dos mil catorce.--------------------------------------------
Recurso de objeción interpuesto por Yire Médica H.P.S.A., en contra del cartel de la Licitación
Pública No. 2014LN-000001-2306, promovida por el Hospital Dr. Maximiliano Peralta Jiménez,
para el suministro de instrumental e insumo de cirugía y ginecología.----------------------------------------
RESULTANDO
I. Que Yire Médica H.P.S.A. el nueve de mayo de dos mil catorce interpuso ante esta Contraloría
General, recurso de objeción en contra del cartel de la referida licitación pública.--------------------------
II. Que en el procedimiento se han observados la disposiciones legales y reglamentarias respectivas.---
CONSIDERANDO
I. Hechos probados: 1) Que Administración publicó la invitación a participar en la Licitación
Pública No. 2014LN-000001-2306, para el suministro de instrumental e insumo de cirugía y
ginecología en La Gaceta No. 63 del 31 de marzo del 2014, fijando la fecha de apertura de ofertas
para las 10 horas del miércoles 30 de abril del 2014. (Folio 04 del expediente de objeción). 2) Que la
Administración modificó la fecha de apertura de ofertas trasladándola para el 22 de mayo del 2014
según publicación en La Gaceta No. 80 del 28 de abril del 2014 (Folios 03 del expediente de
objeción).---------------------------------------------------------------------------------------------------------------
II. Sobre la admisibilidad del recurso. El artículo 81 de la Ley de la Contratación Administrativa
establece que “Contra el cartel de la licitación pública y de la licitación abreviada podrá
interponerse recurso de objeción dentro del primer tercio del plazo para presentar ofertas. El recurso
se interpondrá ante la Contraloría General de la República, en los casos de licitación pública, y en
los demás casos antes la Administración Contratante.”, lo cual reitera en el numeral 170 del
Reglamento de Contratación Administrativa (RLCA), donde se establece: “Contra el cartel de la
licitación pública y de la licitación abreviada podrá interponerse recurso de objeción, dentro del
primer tercio del plazo para presentar ofertas, contado a partir del día siguiente de la publicación o
de aquel en que se realice la invitación. Para los efectos del cómputo respectivo no se tomarán en
cuenta las fracciones.” (Subrayado agregado). Tomando en consideración tales disposiciones
normativas, resulta necesario analizar si la interposición del recurso se realizó oportunamente. En el
caso particular se tiene que la Administración publicó la invitación para participar en La Gaceta No.
63 del 31 de marzo del 2014, fijando como fecha de apertura el miércoles 30 de abril del 2014 (hecho
probado 1). Ahora bien, dicho plazo de apertura de ofertas fue modificado trasladándose para el 22 de
mayo del 2014 según publicación realizada en La Gaceta No. 80 del 28 de abril del 2014 (hecho
probado 2). Ante la situación expuesta, hemos de referirnos a lo establecido en el artículo 171 del
RLCA, que entre otras cosas dispone: “Cuando la modificación consista únicamente en la prórroga

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