Resolución Nº R-DCA-00492-2018 de Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (aya), 28-05-2018

Fecha28 Mayo 2018
EmisorInstituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (aya)
R-DCA-0492-2018
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa.
San José, a las catorce horas ocho minutos del veintiocho de mayo de dos mil dieciocho.--------
Recurso de objeción interpuesto por CONSULTORA COSTARRICENSE PARA
PROGRAMAS DE DESARROLLO S. A. (COPRODESA), en contra del cartel de la Licitación
Pública 2018LN-000011-PRI, promovida por el INSTITUTO COSTARRICENSE DE
ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS para la “Compra de sulfato de aluminio granulado”.----
RESULTANDO
I. Que el catorce de mayo de dos mil dieciocho, la empresa Consultora Costarricense para
Programas de Desarrollo S. A. (COPRODESA), presentó recurso de objeción en contra del
cartel de la referida Licitación Pública No. 2018LN-000011-PRI.-------------------------------------------
II. Que mediante auto de las nueve horas con treinta y nueve minutos del diecisiete de mayo de
dos mil dieciocho, se otorgó audiencia especial a la Administración sobre el recurso interpuesto
por COPRODESA S. A. Dicha audiencia fue atendida mediante escrito recibido el 22 de mayo
de 2018, en esta Contraloría General.-----------------------------------------------------------------------------
III. Que esta resolución se emite dentro del plazo de ley y se han observado las prescripciones
legales y reglamentarias correspondientes.----------------------------------------------------------------------
CONSIDERANDO
I. SOBRE EL FONDO DEL RECURSO. 1) En cuanto a las especificaciones técnicas
respecto al peso del empaque. La recurrente cuestiona que las cláusulas cartelarias las
cuales establecen un peso para el empaque de únicamente 25kg, resultan ilógicas e
incoherentes, pues en las mismas bodegas de la Administración, se manejan sacos de cemento
con un peso estándar de 50kg y cilindros de cloro gas de 68kg, siendo el mismo personal del
ICAA quien se encarga de manipularlos. Adicionalmente, como parte de la entrega del producto
por parte del contratista, se incluye la descarga y acomodo de los sacos del sulfato en las
bodegas institucionales con personal contratado por la misma contratista sin que exista
esfuerzo físico alguno por parte de los funcionarios de la Administración. Indica además que la
norma INTE/ISO 11228-1-2016 no prohíbe las cargas mayores a 25kg, como erróneamente lo
aprecia el pliego de condiciones y sino que menciona la necesidad de adaptar la operación para
cargas con una masa mayor a dicho peso. Expone como respaldo, un antecedente de
resolución emitida por esta Contraloría General en donde producto de un cuestionamiento

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