Resolución Nº R-DCA-00598-2019 de Municipalidad de Cartago, 25-06-2019

Fecha25 Junio 2019
EmisorMunicipalidad de Cartago
R-DCA-0598-2019
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación
Administrativa. San José, a las trece horas cuarenta y tres minutos del veinticinco de
junio de dos mil diecinueve.---------------------------------------------------------------------------------
Recurso de apelación interpuesto por el Consorcio conformado por WPP
CORICLEAN LOS PINOS WASTE DISPOSAL S.A. -WPP CONTINENTAL DE COSTA
RICA S.A. en contra del acto de adjudicación dictado en la licitación pública 2019LN-
000001-MUNIPROV promovida por la MUNICIPALIDAD DE CARTAGO para la
Contratación de servicio de tratamiento y disposición de residuos sólidos, por un
periodo de hasta doce meses con opción de ser prorrogado hasta por tres periodos
iguales”, recaído en favor de EMPRESAS BERTHIER EBI DE COSTA RICA S.A. por
un monto anual de hasta ¢ 580.500.000,00 (quinientos ochenta millones quinientos mil
colones).---------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I.-Que en fecha once de junio del dos mil diecinueve, el Consorcio conformado por WPP
CORICLEAN LOS PINOS WASTE DISPOSAL S.A. -WPP CONTINENTAL DE COSTA
RICA S.A., presentó ante la Contraloría General recurso de apelación en contra del acto
de adjudicación de la licitación pública 2019LN-000001-MUNIPROV.--------------------------
II.-Que mediante auto de las siete horas cuarenta y tres minutos del trece de junio del
dos mil diecinueve, se solicitó a la Administración el expediente administrativo del
concurso, el cual fue remitido por medio de oficio AM-OF-725-2019 de fecha catorce de
junio del año en curso.---------------------------------------------------------------------------------------
III.-Que la presente resolución se dicta dentro del término de ley y en su trámite se han
observado las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias vigentes.-----------
CONSIDERANDO
I. HECHOS PROBADOS: Para la resolución del presente asunto se ha tenido a la vista
el expediente administrativo de la contratación, por lo que de acuerdo con la información
consultada, se tienen por demostrados los siguientes hechos de interés: 1) Que la oferta
del consorcio conformado por WPP CORICLEAN LOS PINOS WASTE DISPOSAL S.A.-
WPP CONTINENTAL DE COSTA RICA S.A., no cumple con disposiciones del cartel
según criterio técnico emitido en oficio AOM-OF-041-2019 del 4 de marzo de 2019,
suscrito por el Ingeniero Jorge Araya Serrano, Encargado de Operaciones y el Ingeniero
Rodolfo Castrillo Brenes, Área de Operaciones, quienes respecto de dicha oferta
indicaron: “... OFERTA WPP CORICLEAN LOS PINOS WASTE DISPOSAL S.A. 1- De
2
la acreditación de poseer un relleno sanitario: a. El acuerdo consorcial entre WPP
Continental de Costa Rica S.A y WPP Coriclean los Pinos Waste Disposal S.A. (en
adelante los identificaremos como Continental y Coriclean respectivamente), indica que
la líder es Coriclean y que Continental aporta experiencia, autorizaciones de uso de
patente y permisos de funcionamiento, mientras que Coriclean ofrece el personal,
equipo de su propiedad y autorización para ingreso de residuos sólidos para disposición
final en el relleno sanitario ofertado ubicado en el distrito de dulce nombre del Cantón
Central de la Provincia de Cartago. De esto, debe recalcarse que no se lee de los
documentos, que explícitamente se señale dentro del acuerdo consorcial, que se aporta
un Relleno Sanitario sino que se señala que Coriclean ofrece autorización para ingreso
de residuos sólidos para disposición final en el relleno ofertado. A la vista de los folios
44, 45, 46, 47 y 48 que contienen copia de patente municipal, viabilidad ambiental y
permiso sanitario de funcionamiento, se hace referencia a la empresa WPP Continental
(que en el acuerdo consorcial no aporta ningún Relleno Sanitario) y al Relleno Sanitario
Los Pinos, sobre el cual, como se verá más adelante, la propia empresa ha reconocido
que se integra como uno solo con una propiedad municipal, y que la Municipalidad no
ha extendido ningún tipo de autorización para su uso. b. El terreno que se ofrece como
Relleno Sanitario por parte de Coriclean, está inscrito ante el Registro Nacional como la
finca 259350, y según estudio registral realizado está descrito por el plano de catastro
C-2028389-2018 (copia adjunta) y el cual tiene una medida de 34 785 m2. Del análisis
de la documentación, el consorcio no aporta copia del plano de catastro, siendo que el
único documento que reflejo un probable terreno para relleno sanitario, es una imagen
que se encuentra al folio 103 de la oferta, usada para el cálculo de volumen de un sitio
de disposición final, imagen que no corresponde al terreno ofrecido. c. El cálculo
volumétrico, firmado por el Ing. Luis Diego Garcia Hernández,(folios 94 al 144 de la
oferta) es el mismo estudio que aportó la empresa Continental ante el Tribunal
Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, dentro del expediente No. 18-008412-
1027-CA, como parte de solicitud de medida cautelar que pretendía que se ordenara a
esta comuna permitir la recepción de desechos sólidos dentro del terreno de su
propiedad (de la Municipalidad de Cartago, para complementar un explotación privada,
tratando de lucrar con terrenos municipales (Relleno Sanitario Los Pinos) y sin que
existiera un contrato debidamente respaldado por toda la normativa vigente en el tema
de Contratación Administrativa, y ello por cuanto WPP Continental de Costa Rica S. A.

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