Resolución Nº R-DCA-448-2012 de Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (aya), 29-08-2012
Fecha | 29 Agosto 2012 |
Emisor | Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (aya) |
R-DCA-448-2012
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa.
San José, a las once horas del veintinueve de agosto de dos mil doce.----------------------------------------
Recurso de apelación interpuesto por FCC Construcción S. A., en contra del acto de readjudicación
de la Licitación Pública Internacional 2008LI-000002-PRI, promovida por el Instituto
Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, para los diseños finales, construcción, equipamiento,
pruebas, puesta en servicio y transferencia tecnológica de la planta de tratamiento de aguas residuales
Los Tajos, acto recaído a favor de Acciona Agua SAU.---------------------------------------------------------
RESULTANDO
I.- La firma FCC Construcción S. A. (en adelante FCC) presentó recurso de apelación en contra del
acto de readjudicación de la licitación referida, toda vez que estima erróneas las razones por las cuales
la Administración la descalificó. Manifiesta, que su oferta cumple con los requerimientos cartelarios y
por el contrario le achaca incumplimientos a la readjudicataria. Agrega, que de no haberse
descalificado, su oferta hubiera sido la ganadora, según el sistema de evaluación.--------------------------
II.- Mediante auto de las nueve horas del veintinueve de junio de dos mil doce, se confirió audiencia
inicial a la Administración licitante y empresa readjudicataria, las cuales fueron contestadas en
tiempo.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
III. Mediante auto de las trece horas treinta minutos del veinte de julio de dos mil doce, se confirió
audiencia especial a la apelante, para que se refiriera a las manifestaciones alegadas en su contra por
la readjudicataria y la Administración.----------------------------------------------------------------------------
IV. Mediante auto de las trece horas del diecisiete de agosto de dos mil doce, se confirió audiencia
final a las partes, las cuales se contestaron en tiempo.-----------------------------------------------------------
V.- En los procedimientos se han observado las prescripciones de ley.---------------------------------------
CONSIDERANDO
I.- HECHOS PROBADOS: Para la resolución de este asunto se tienen por demostrados los
siguientes hechos de interés: 1) Que el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA)
promovió la Licitación Pública Internacional 2008LI-000002-PRI (fase de licitación) para la
construcción de diseños finales, construcción, equipamiento, pruebas, puesta en servicio y
transferencia tecnológica de la Planta de tratamiento de aguas residuales Los Tajos (folio 1002, tomo
25 del expediente administrativo). 2) Que participaron las firmas Degremont S.A (tomos 29-32 del
expediente administrativo), FCC Construcción S. A (tomos 33-49 del expediente administrativo) y
Acciona Agua S.A.U. (en adelante Acciona) (tomos 50- 71 expediente administrativo). 3) Que resultó
readjudicataria la empresa Acciona Agua SAU (folios 1-3, y 24 del aparte de “Readjudicación
(Acciona 2012)”, tomo 89 del expediente administrativo). Previamente la Junta Directiva, había
readjudicado a la firma FCC Construcción S. A. En el acta de la Junta Directiva de la sesión ordinaria
2
2011-034 del 21 de junio de 2011, artículo 4, acuerdo 2011-191, se indica:“Que esta Junta Directiva
por votación de mayoría simple por las razones que a continuación se indican, considera necesario
apartarse de la recomendación de la citada Comisión Asesora para la Contratación de Bienes y
Servicios expresada en la recomendación PI-CAC-2011-050 del 16 de junio de 2011(…)/ Las razones
de esta Junta Directiva para apartarse de la referida comisión son las siguientes:/ (…) se trata de una
contratación llave en mano, donde el oferente con la sola presentación de la oferta se entiende
comprometido a realizar la obra a entera satisfacción de la institución y cumpliendo con todos los
requerimientos técnicos necesarios para poner en funcionamiento la misma, en los términos en que
fue requerido por el cartel de la institución(…)/ También existe una situación de orden procesal y es
que los aspectos técnicos que ahora se señalan en la recomendación y que supuestamente
descalificarían a la oferta de FCC Construcción S. A., son aspectos que debieron ser alegados por las
partes durante el anterior proceso de apelación contra el primer acto de adjudicación (…)” (folios
90-91 del aparte de “Readjudicación”, tomo 86 del expediente administrativo). 4) Que el pliego de
condiciones estableció que la contratación se realizaría bajo la modalidad llave en mano, el cual
conlleva la obligación global de efectuar todas las prestaciones necesarias, coadyuvantes o
complementarias requeridas (folio 792 del tomo 28 del expediente administrativo). El cartel reguló
que el biogás debe ser acondicionado antes de su almacenamiento, eliminando humedad y las
sustancias no deseadas para los subprocesos en que será utilizado, incluyendo la eliminación de
monóxido de carbono, sulfuro de hidrógeno, dióxido de carbono y ácido sulfhídrico mediante
filtración y deberá contar con mecanismos de medición de flujo de salida del biodigestor. Se debe
tomar en cuenta el tratamiento que debe dársele al biogás por medio del equipo de limpieza para la
eliminación de ácidos que puedan causar corrosión (folio 781, tomo 25 del expediente administrativo).
El cartel dispuso que se deben considerar al menos dos medidas para el control de olores: contención y
tratamiento. Debe proveerse al menos 12 cambios de aire por hora en zonas donde continuamente haya
personal, mientras que en las zonas donde normalmente no hay, sistema de ventilación proveerá al
menos 6 cambios de aire por hora. La contención debe permitir que la evacuación de la totalidad del
aire en el interior de los edificios sea evacuada a través de los ductos del sistema de extracción a las
depuradoras (folio 775 del tomo 25 del expediente administrativo). 5) Que FCC Construcción S. A.
incluye en su oferta una lista de áreas con la cantidad de volumen, renovaciones por hora y caudal. En
todas ellas, las renovaciones son de 4 o 6 renovaciones (folio 2978 del tomo 34 del expediente
administrativo). Los motogeneradores que ofreció fueron SFGLD 480, Guascor Power (folios 4368-
4380 del tomo 36 del expediente administrativo). En dicha ficha técnica se hace mención a los
compuestos de silicio (folio 4375, tomo 36 del expediente administrativo) y se establece un límite
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