Resolución Nº R-DCA-654-2012 de Municipalidad de Hojancha, 07-12-2012

Fecha07 Diciembre 2012
EmisorMunicipalidad de Hojancha
R-DCA-654-2012
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San
José, a las catorce horas y treinta minutos del siete de diciembre de dos mil doce.-------------------------------
Recurso de apelación interpuesto por la empresa Corporación Fairuza, S. A., en contra del acto de
adjudicación de la Licitación Pública No. 2012LP-00001-ALMU, promovida por la Municipalidad de
Hojancha, para llevar a cabo la Construcción de la Red de Cuido y Desarrollo Infantil, en el Distrito
Central de Hojancha” acto recaído a favor de las empresa Inversiones CKM de Frailes, S.A., por un monto
total de ¢ 144.087.246.00, (ciento cuarenta y cuatro millones ochenta y siete mil doscientos cuarenta y seis
colones).---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I.- La empresa recurrente apela el acuerdo de adjudicación de la Municipalidad de Hojancha, por cuanto
considera que, la oferta de su representada obtuvo un 94.55% con lo que obtendría el primer lugar de la
calificación, pero su oferta fue excluida por estimarse ruinosa bajo un criterio extracartelario y sin contar
con la debida fundamentación, pues únicamente se hace una referencia a la conclusión del estudio técnico
sin señalar la metodología bajo la cual se llegó a esa conclusión. Por otra parte manifiesta que el
cumplimiento de su oferta es íntegro aunque se señale en el folio 135 del expediente administrativo que su
oferta no incluye actividades correspondientes a rampas, pasamanos y aceras perimetrales de los edificios,
que no incluye instalación del gas LP del edificio principal el cual aparece en planos y especificaciones
técnicas, que no incluyen la totalidad de los muebles requeridos en los planos constructivos y que en
edificio principal faltan M5, M8, M10 y M13, y que no cuantificaron ni mencionaron en ningún lado los
costos correspondientes a la póliza del INS, tasación de planos del CFIA, ni otros gastos generales
obligatorios del proyecto como agua, luz, entro otros. En virtud de lo anterior indica que en ningún
momento se solicitó aclaración por parte de la Municipalidad y argumenta en contra de los
incumplimientos.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------
II.- Que mediante auto de las nueve horas del tres de octubre de dos mil doce, se solicitó el expediente
administrativo a la Administración, que fue remitido por la Administración mediante el oficio No. DA-
OE-128-2012, del cuatro de octubre del corriente (ver folio 17 al 23 del expediente de apelación). ----------
III.- Que a través del auto de las nueve horas del diez de octubre del dos mil doce, se confirió audiencia
inicial a la Administración y a la adjudicataria (folio 24 del expediente de apelación), la cual fue atendida
por las partes según los escritos que constan incorporados al expediente de apelación-------------------------

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