Resolución Nº R-DCA-01111-2020 de Banco Central de Costa Rica, 20-10-2020

Fecha20 Octubre 2020
EmisorBanco Central de Costa Rica
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.c r
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
R-DCA-01111-2020
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa.
San José, a las doce horas con cincuenta minutos del veinte de octubre del dos mil veinte.--------
RECURSOS DE APELACIÓN interpuestos por CORPORACION GONZÁLEZ Y ASOCIADOS
INTERNACIONAL S.A., CONSORCIO GRUPO CORPORATIVO DE SEGURIDAD ALFA S.A &
SEGURIDAD ALFA S.A y por CONSORCIO AVAHUER MAVA en contra del acto de
adjudicación de la LICITACIÓN PÚBLICA No. 2020LN-000002-0004900001 promovida por el
BANCO CENTRAL DE COSTA RICA para servicios de vigilancia y seguridad privada para los
edificios de la Corporación Banco Central de Costa Rica, recaído a favor de CONSORCIO VMA
VMA SEGURIDAD ELECTRÓNICA, modalidad según demanda.--------------------------------------
RESULTANDO
I. Que el nueve de julio del dos mil veinte Corporación González & Asociados Internacional, S.A
y Consorcio Grupo Corporativo de Seguridad Alfa S.A & Seguridad Alfa S.A y el diez de julio del
dos mil veinte el consorcio AVAHUER-MAVA, respectivamente, presentaron ante la Contraloría
General de la República recursos de apelación en contra del acto de adjudicación de la Licitación
Pública No. 2020LN-000002-0004900001 promovida por el Banco Central de Costa Rica.---------
II. Que mediante auto de las once horas con diez minutos del diez de julio de dos mil veinte este
órgano contralor solicitó el expediente administrativo del concurso, lo cual fue atendido por la
Administración, según oficio agregado al expediente del recurso apelación, donde se indica que
el procedimiento se encuentra gestionado en el Sistema Integrado de Compras Públicas
(SICOP).--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
III. Que mediante auto de las siete horas con cincuenta y cinco minutos del veinticuatro de julio
de dos mil veinte, esta División otorgó audiencia inicial a la Administración licitante y al
adjudicatario con el objeto de que manifestaran por escrito lo que a bien tuvieran con respecto a
los alegatos formulados por los apelantes, y para que ofrecieran las pruebas que consideraran
oportunas. Dicha audiencia fue atendida mediante escritos incorporados al expediente de la
apelación.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
IV. Que mediante auto de las catorce horas cinco minutos del veinte de agosto del dos mil veinte,
esta División otorgó audiencia especial a la Administración para que se refiriera a lo indicado por
el consorcio VMA-VMA Seguridad Electrónica respecto a la cotización de las pistolas
semiautomáticas. Adicionalmente se dio audiencia especial a las apelantes Corporación
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González y Asociados Internacional y Consorcio Avahuer-Mava para que se refirieran a lo
señalado por la Administración en su respuesta a la audiencia inicial. Dicha audiencia fue
atendida mediante escritos incorporados al expediente de la apelación.----------------------------------
V. Que mediante auto de las catorce horas cincuenta y un minutos del veinticuatro de agosto del
dos mil veinte esta División otorgó audiencia especial a todas las partes para que se refirieran a
lo indicado por la Administración en el oficio DAD-PRO-0175-2020. Dicha audiencia fue atendida
mediante escritos incorporados al expediente de la apelación.----------------------------------------------
VI. Que mediante auto de las siete horas cuarenta y seis minutos del veintidós de septiembre del
dos mil veinte, esta División confirió audiencia final a las partes para que expusieran sus
conclusiones sobre los argumentos debatidos en el trámite de este recurso. Dicha audiencia fue
atendida mediante escritos incorporados al expediente de la apelación.----------------------------------
VII. Que mediante auto de a las siete horas cincuenta y seis minutos del veintidós de setiembre
del dos mil veinte, esta División prorrogó el plazo para resolver los recursos de apelación.---------
VIII. Que la presente resolución se emite dentro del plazo de ley, y en su trámite se han observado
las prescripciones legales y reglamentarias correspondientes.----------------------------------------------
CONSIDERANDO
I.- HECHOS PROBADOS: Para emitir la presente resolución, a partir de la información que
consta en el expediente digital tramitado a través del Sistema Integrado de Compras Públicas
SICOP, cuya documentación se tiene acceso ingresando a la dirección electrónica
http://www.sicop.go.cr/index.jsp pestaña expediente electrónico, digitando el número de
procedimiento, e ingresando a la descripción del procedimiento de referencia, se tienen por
demostrados los siguientes hechos de interés: 1) Que mediante la solicitud No. 257585 del
veintiocho de mayo del dos mil veinte, la Administración requirió al Consorcio Avahuer-Mava:
(ver en [2. Información de Cartel] / Resultado de la solicitud de información Consultar/ Listado
de solicitudes de información/ Nro. de solicitud- 257585 ver en:
https://www.sicop.go.cr/moduloBid/common/info/ExInfoReqDetailQ.jsp?reqSeqno=257585). 2)
Que en respuesta a la solicitud No. 257585, el veintinueve de mayo del dos mil veinte, el
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Consorcio Avahuer-Mava aporta documento en formato excel, en donde se observa: 2.1
Respecto a la línea 4:
(...)
(...)
(...)
2.2 Respecto a la línea 5, lo siguiente: ----------------------------------------------------------------------------
(...)
(...)
(...)
2.3 Respecto a la línea 6:
(...)
(...)
2.4 Respecto a la línea 7:
(...)
(...)
2.5 Respecto a la línea 8:

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