Resolución Nº R-DCA-00094-2021 de Consejo Nacional de Vialidad, 20-01-2021

Fecha20 Enero 2021
EmisorConsejo Nacional de Vialidad
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.c r
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
R-DCA-00094-2021
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa.
San José, a las trece horas con veintiocho minutos del veintiuno de enero del dos mil veintiuno.-
RECURSOS DE OBJECIÓN interpuestos por CONTROL ELECTRÓNICO SOCIEDAD
ANÓNIMA y TRABAJOS ESPECIALIZADOS ARAYA SOCIEDAD ANÓNIMA en contra del
cartel de la LICITACIÓN PÚBLICA NO. 2020LN-000006-0006000001 promovida por el
CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD para la “Contratación de servicios de recaudación de tasa
de peaje, mediante un sistema automatizado”.-------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I. Que el siete de enero de dos mil veintiuno, las empresas Control Electrónico Sociedad Anónima
y Trabajos Especializados Araya Sociedad Anónima presentaron recursos de objeción en contra
del cartel de la licitación pública No. 2020LN-000006-0006000001 promovida por el Consejo
Nacional de Vialidad.----------------------------------------------------------------------------------------------------
II. Que mediante auto de las diez horas cuarenta y siete minutos del ocho de enero de dos mil
veintiuno esta División otorgó audiencia especial a la Administración licitante para que se
pronunciara sobre los recursos de objeción interpuestos. Dicha audiencia fue atendida mediante
oficio No. PRO 01-2021-0012 del trece de enero de dos mil veintiuno y documentación adjunta,
todo lo cual se encuentra debidamente incorporado al expediente digital del recurso de objeción.-
III. Que la presente resolución se emite dentro del plazo de ley, y en su trámite se han observado
las prescripciones legales y reglamentarias correspondientes.----------------------------------------------
CONSIDERANDO
I. SOBRE EL FONDO DE LOS RECURSOS. A) SOBRE EL RECURSO INTERPUESTO POR
CONTROL ELECTRÓNICO SOCIEDAD ANÓNIMA. 1) Sobre los requerimientos limitantes.
La objetante remite a lo que solicita el apartado 3 del cartel sobre las especificaciones de la
solución, así como a las definiciones indicadas en el anexo 3, particularmente lo concerniente a
la “Interoperabilidad”. Señala que en cuanto a lo solicitado en dicho apartado, coinciden en la
importancia de solicitar que los oferentes interesados en participar deben garantizar la
interoperabilidad con equipos y sistemas con tecnologías similares, sin embargo menciona que
al solicitar esa capacidad técnica esta podrá ser garantizada una vez que se realice el proceso
de integración con los otros sistemas de terceros que operan actualmente y a futuro, en virtud de
que la interoperabilidad no depende exclusivamente de los proponentes sino también de los

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