Resolución Nº R-DCA-00362-2021 de Instituto Nacional de Seguros (ins), 24-03-2021

Fecha24 Marzo 2021
EmisorInstituto Nacional de Seguros (ins)
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
R-DCA-00362-2021
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa.
San José, a las diez horas trece minutos del veintiséis de marzo del dos mil veintiuno.--------------
RECURSOS DE OBJECIÓN interpuestos por las empresas LAS TRES LETRAS DEL
GÉNESIS S.A. y OPMN GROUP S.A (OGILVY) en contra del cartel de la LICITACIÓN
PÚBLICA No. 2021LN-000002-0010000001 promovida por el INSTITUTO NACIONAL DE
SEGUROS (INS), para la “Contratación de agencias de publicidad para brindar servicios de
mercadeo, comunicación y publicidad para las diferentes campañas del Instituto Nacional de
Seguros e INS Servicios S.A., bajo la modalidad de convenio marco.”------------------------------------
RESULTANDO
I.-Que en fecha doce de marzo del dos mil veintiuno, las empresas Las Tres Letras del Génesis
S.A. y OPMN Group S.A. (OGILVY), interpusieron recurso de objeción en contra del cartel de la
Licitación Pública No. 2021LN-000002-0001000001 promovida por el Instituto Nacional de
Seguros (INS).------------------------------------------------------------------------------------------------------------
II.-Que mediante auto de las ocho horas con cincuenta y ocho minutos del quince de marzo del
dos mil veintiuno, esta División otorgó audiencia especial a la Administración licitante para que
se pronunciara sobre los recursos de objeción interpuesto por las empresas objetantes.
Audiencia que fue atendida según escrito agregado al expediente digital de objeción.---------------
III.-Que esta resolución se emite dentro del plazo de ley, habiéndose observado las
prescripciones legales y reglamentarias correspondientes.--------------------------------------------------
CONSIDERANDO
I.- SOBRE EL FONDO DE LOS RECURSOS PRESENTADOS. A) RECURSO DE OBJECIÓN
PRESENTADO POR LA EMPRESA LAS TRES LETRAS DEL GÉNESIS S.A. i) Forma de
compensación. Indica la objetante que, el cartel establece que las empresas adjudicadas
participarán en miniconcursos para la ejecución de los servicios según la demanda y
necesidades requeridas de cada Administración, sin que se garantice un mínimo o máximo de
adjudicaciones (CAPÍTULO I: ASPECTOS TÉCNICOS, PUNTO II ETAPAS DEL PROCESO DE
LICITACIÓN, SUBTÍTULO ETAPA II EJECUCIÓN DEL CONTRATO). Además, que modelo de
compensación, establece el porcentaje de la comisión de medios que las agencias cederán al
INS e INS Servicios S.A., el cual será reinvertido a conveniencia de estas instituciones
(CAPÍTULO I: ASPECTOS TÉCNICOS, PUNTO V. CONDICIONES TÉCNICAS PARA EL
OFERENTE, CLÁUSULA 3.) También que cartel continúa ampliando el modelo de
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T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr
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compensación donde se establece que los servicios brindados por la agencia serán
debidamente compensados económicamente bajo el modelo de comisiones y se detallan dichas
comisiones (CAPÍTULO I: ASPECTOS TÉCNICOS, PUNTO VII. CONDICIONES TÉCNICAS
PARA EL ADJUDICATARIO, cláusula 37). Al respecto, considera que la forma de
compensación que establece el cartel es contraria a los principios de contratación
administrativa, de igualdad de intereses e intangibilidad patrimonial. Agrega además que, lo
planteado en las cláusulas mencionadas, implica que los servicios de la agencia (todos) sean
compensados por el monto de comisión que generaría la pauta en medios, misma que no sería
de total provecho para la agencia ya que con una porción de esta sería devuelta al INS para
con ella pagar otros proyecto, planteamiento ruinoso para las empresas oferentes, porque el
INS no brinda un monto de referencia de inversión en medio a anual para que con base en ello
las agencias puedan hacer la proyección de ingresos que podrían recibir en un periodo
determinado y con ello hacerle frente a las responsabilidades que supondría una contratación
como esta. De esta manera cuestiona cómo puede un oferente comprometerse a cumplir con el
cartel, sino cuenta con la información suficiente para calcular el alcance de la contratación y la
sostenibilidad del negocio, pues no hay un dato de referencia de que permita conocer cómo es
la composición de proyectos que solicitará, cuantos de ellos están directamente ligados a pauta,
cuántos no, información le permitiría tener un panorama más claro para enfrentar una eventual
contratación, por lo que se violenta el principio de libre concurrencia. Señala que el Banco de
Costa Rica propone en este tipo de concursos, modelos de compensación mixtos, por medio
del cual se faculta a la agencia a recibir un pago por los recursos asignados a cada tarea,
dependiendo de la naturaleza, es así como: el equipo y recursos de medios de compensa con
la comisión que genera la pauta, diseño y arte final por medio de un tarifario, asesorías
estratégicas y estrategias desarrolladas con recursos propios -como Relaciones Públicas- se
compensan por medio de FEE calculado sobre la base del costo de horas profesionales
asignadas al proyecto, y todo lo relacionado con coordinación y subcontratación de terceros
resulta compensado por una comisión de agencia. De esta forma solicita que se ordene al INS
modificar el cartel para que se incluya el monto anual que la Administración estima invertir
durante el periodo del contrato con la agencias. También debe quedar claro cuáles de los
proyectos generarán comisión de medios y cuáles no, así como el monto estimado para cada
disciplina (Publicidad ATL, BTL, Digital, Producción Gráfica, Producción Audiovisual, Relaciones
Públicas, Punto de Venta, etc) y se modifique a un esquema mixto de compensación. La

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