Resolución Nº R-DCA-00632-2021 de Particular, 03-06-2021
Fecha | 03 Junio 2021 |
Emisor | Particular |
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.c r
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
R-DCA-00632-2021
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa.
San José, a las ocho horas con treinta y cinco minutos del ocho de junio del dos mil veintiuno.---
RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el CONSORCIO conformado por las empresas
CUBERO INGENIERÍA CIVIL S.A. Y GES LATIN AMERICA S. A., en contra del acto de
adjudicación de la LICITACIÓN NACIONAL N°01-2021 promovida por la ASOCIACIÓN
ADMINISTRADORA DEL ACUEDUCTO RURAL DE LOS SANTOS DE UPALA para la
“Construcción de un tanque cilíndrico de almacenamiento de 500 m³ para las mejoras de Caño
Negro y Acueducto La Chompipera”, recaído a favor del CONSORCIO COPRODESA –
FERNANDEZ VAGLIO, por el monto de ¢114.206,500 (ciento catorce millones doscientos seis
mil quinientos colones).------------------------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I. Que el diecinueve de marzo del dos mil veintiuno el Consorcio CUBIS-GES CR interpuso ante
la Contraloría General de la República recurso de apelación en contra del acto final de la licitación
nacional No. 01-2021 promovida por la Asociación Administradora del Acueducto Rural de los
Santos de Upala.---------------------------------------------------------------------------------------------------------
II. Que mediante auto de las diez horas cincuenta minutos del veintidós de marzo del dos mil
veintiuno esta División requirió el expediente administrativo del concurso, lo cual fue atendido
mediante oficio sin número del veinticuatro de marzo de dos mil veintiuno.-----------------------------
III. Que mediante auto de las ocho horas cincuenta y ocho minutos del quince de abril de dos mil
veintiuno esta División otorgó audiencia inicial a la Asada y al consorcio adjudicatario,
adicionalmente, se requirió a la Asada que aportara cierta documentación. Dicha audiencia fue
atendida por las partes mediante documentación incorporada al expediente digital del recurso de
apelación.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
IV. Que mediante auto de las nueve horas cincuenta y cuatro minutos del once de mayo de dos
mil veintiuno se le otorgó audiencia especial a la Asada para que atendiera en su totalidad la
audiencia inicial conferida, tanto los alegatos del recurso como la documentación solicitada de
manera completa. Adicionalmente, se le requirió a la Asada que se pronunciara sobre los
tanques que fueron considerados para admisibilidad y para evaluación y la respectiva capacidad.
Dicha audiencia especial fue respondida por la Asada mediante oficio sin número del catorce de
mayo de dos mil veintiuno, documentación incorporada al expediente de apelación.-----------------
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V. Que mediante auto de las ocho horas cincuenta minutos del dieciocho de mayo de dos mil
veintiuno se otorgó audiencia especial para poner en conocimiento de las partes la
documentación remitida por la Asada y que había sido solicitada en la audiencia inicial y en la
audiencia especial y para que se pronunciaran sobre lo expuesto por la Asada en la ampliación
a su respuesta de la audiencia inicial. Adicionalmente en el mismo auto, se confirió audiencia de
nulidad a todas las partes sobre el acto final del procedimiento promovido por las razones allí
indicadas. Dicha audiencia fue atendida por las partes mediante documentación incorporada al
expediente digital del recurso de apelación.----------------------------------------------------------------------
VI. Que mediante auto de las doce horas diecinueve minutos del veintiséis de mayo de dos mil
veintiuno se le otorgó audiencia especial a la Asada para que ubicara los folios del expediente
administrativo o remitiera la información sobre el cartel, en los términos expuestos en dicha
audiencia. Lo anterior fue atendido por la Asada mediante oficio sin número del veintisiete de
mayo de dos mil veintiuno.--------------------------------------------------------------------------------------------
VII. Que mediante auto de las ocho horas cuarenta y dos minutos del dos de junio de dos mil
veintiuno se puso en conocimiento de todas las partes la documentación remitida por la Asada
con ocasión del requerimiento de este órgano contralor.-----------------------------------------------------
VIII. Que con fundamento en lo dispuesto en el artículo ciento noventa del Reglamento a la Ley
de Contratación Administrativa, no se confirió audiencia final de conclusiones por estimarse que
con los documentos que constan tanto en el expediente de apelación como en el expediente
administrativo, se cuenta con los elementos suficientes para resolver el asunto.
IX. Que la presente resolución se emite dentro del plazo de ley, y en su trámite se han observado
las prescripciones legales y reglamentarias correspondientes.---------------------------------------------
CONSIDERANDO
I. HECHOS PROBADOS: Para la resolución del presente asunto, a partir de la información que
consta en el expediente administrativo remitido digitalmente por la Asociación Administradora del
Acueducto Rural de Los Santos de Upala y a partir de lo que consta en el expediente digital del
recurso de apelación No.CGR-REAP-2021002378 el cual puede ser consultado en el sitio web
de esta Contraloría General www.cgr.go.cr, acceso en la pestaña "consultas", seleccione la
opción "consulte el estado de su trámite", acceso denominado " ingresar a la consulta, se tienen
por demostrados los siguientes hechos de interés: 1) Que la apertura de ofertas fue llevada a
cabo el 05 de febrero de 2021. (folio 34 del expediente digital de apelación). 2) Que en la oferta
del consorcio compuesto por las empresas Consultora Costarricense para Programas de
Desarrollo S.A. (COPRODESA) y Fernández Vaglio Constructora Sociedad Anónima consta lo
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siguiente: 2.1) Que en el documento “tabla resumen” se consigna como experiencia “12 tanques
construidos (obras similares)” (folio 474 del expediente administrativo) 2.2) Que en la tabla
identificada como Desglose de precios de la oferta se consigna lo siguiente:
(folio 475 del expediente administrativo). 2.3) Que en tabla identificada como “Hoja de pagos” de
la oferta consta información tabulada por rubro, descripción, unidad, cantidad, “SUMINISTRO
DE MATERIALES”, “CONSTRUCCIÓN”, “SUMA DE COSTOS”, subtotales y porcentaje
acumulado y se consigna un monto total de la obra constructiva (folio 476 del expediente
administrativo). 2.4) Que en anexo identificado como “EXPERIENCIA DEL CONSORCIO EN
OBRAS SIMILARES” consta información con señalamiento de la empresa Fernández Vaglio
Constructora S.A. de la siguiente manera: “Experiencia en construcción de tanques/
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