Resolución Nº R-DCA-00638-2021 de Asociacion Administrativa del Acueducto Rural de San Roque de Grecia, 07-06-2021

Fecha07 Junio 2021
EmisorAsociacion Administrativa del Acueducto Rural de San Roque de Grecia
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.c r
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
R-DCA-00638-2021
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa.
San José, a las doce horas cuarenta minutos del ocho de junio del dos mil veintiuno. ---------------
RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el CONSORCIO CUBIC-GES´CR, en contra del
acto que declaró infructuoso la CONTRATACIÓN POR PRINCIPIOS, promovida por la
ASOCIACIÓN ADMINISTRATIVA DEL ACUEDUCTO DE BARRIO LATINO, SAN ROQUE DE
GRECIA para el “Diseño y construcción de un tanque de almacenamiento de agua potable en
acero vitrificado con un volumen de 300 m3”. -------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I.- Que el doce de abril de dos mil veintiuno, el Consorcio CUBIC-GES´CR interpuso ante este
órgano contralor, recurso de apelación en contra del acto final de la contratación por principios
de referencia, promovida por la Asociación Administrativa del Acueducto de Barrio Latino San
Roque de Grecia. -------------------------------------------------------------------------------------------------------
II.- Que mediante auto de las ocho horas cinco minutos del quince de abril de dos mil veintiuno,
reiterado en auto de las nueve horas veintinueve minutos del veinte de abril de dos mil
veintiuno, esta División solicitó el expediente administrativo de la contratación recurrida;
requerimiento que finalmente fue atendido por la Asociación mediante escritos incorporados al
expediente digital de la apelación. ----------------------------------------------------------------------------------
III.- Que mediante auto de las nueve horas siete minutos del veintiséis de abril de dos mil
veintiuno se concedió audiencia inicial a la Asociación; la cual fue atendida mediante oficios
agregados al expediente de apelación. ---------------------------------------------------------------------------
IV.- Que mediante auto de las trece horas treinta y tres minutos del primero de junio de dos mil
veintiuno, se le requirió a la Asociación remitir la certificación de contenido presupuestario con
el que cuenta para hacerle frente a la obligación; la cual fue atendida mediante oficio agregado
al expediente de apelación. ------------------------------------------------------------------------------------------
V. Que de conformidad con lo establecido en el artículo ciento noventa del Reglamento a la Ley
de Contratación Administrativa, se consideró que no era necesario otorgar audiencia final a las
partes, en vista de que durante el trámite del recurso se tenían todos los elementos necesarios
para su resolución. ------------------------------------------------------------------------------------------------------
VI. Que la presente resolución se emite dentro del plazo de ley, y en su trámite se han
observado las prescripciones legales y reglamentarias correspondientes. ------------------------------

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