Resolución Nº R-DCA-00627-2021 de Particular, 03-06-2021

Fecha03 Junio 2021
EmisorParticular
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
R-DCA-00627-2021
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa.
San José, a las diez horas cuarenta y ocho minutos del siete de junio del dos mil veintiuno.-------
RECURSO DE OBJECIÓN interpuesto por la empresa SYNTHES COSTA RICA LTDA., en
contra del cartel de la LICITACIÓN ABREVIADA No. 2021LA-000014-0001102101 promovida
por el HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA para la “Adquisición de
Prótesis unicompartimental de rodilla, clavo para artrodesis de tobillo y prótesis de cabeza de
radio.” -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I. Que el veinticinco de mayo del dos mil veintiuno, la empresa Synthes Costa Rica Ltda,
presentó ante la Contraloría General de la República recurso de objeción en contra del cartel de
la Licitación Abreviada No. 2021LA-000014-0001102101 promovida por el Hospital Dr. Rafael
Ángel Calderón Guardia.-----------------------------------------------------------------------------------------------
II. Que la presente resolución se emite dentro del plazo de ley, y en su trámite se han
observado las prescripciones legales y reglamentarias correspondientes.-------------------------------
CONSIDERANDO
I.- SOBRE LA ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE OBJECIÓN INTERPUESTO. La
competencia de este órgano contralor para conocer los recursos de objeción en contra de los
carteles de los procedimientos de contratación administrativa, se encuentra regulada en el
artículo 81 de la Ley de Contratación Administrativa (LCA), el cual dispone lo siguiente: “El
recurso se interpondrá ante la Contraloría General de la República, en los casos de licitación
pública, y en los demás casos, ante la administración contratante”. De conformidad con la
norma antes transcrita, la cual es desarrollada en los numerales 178, 180 y 181 del Reglamento
a la Ley de Contratación Administrativa (RLCA), se tiene que este órgano contralor únicamente
ostenta la competencia para conocer y resolver aquellos recursos de objeción contra carteles
derivados de licitaciones públicas. En el caso en particular, se observa que el Hospital Dr.
Rafael Ángel Calderón Guardia tramita el procedimiento en estudio, en el Sistema Integrado de
Compras Públicas SICOP y en dicha plataforma se indica que el procedimiento de marras
consiste en una licitación abreviada (ver en [2. Información de Cartel] /2021LA-000014-
0001102101[Versión Actual] / Detalles del Concurso/ [1. Información general]/ Tipo de
procedimiento, en el Sistema de Compras Públicas SICOP). De lo anterior, se tiene que el
procedimiento de marras consiste en una licitación abreviada, sobre el cual, como se indicó,

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