Resolución Nº R-DCA-00827-2021 de Particular, 22-07-2021

Fecha22 Julio 2021
EmisorParticular
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
R-DCA-00827-2021
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación
Administrativa. San José, a las diez horas veinticinco minutos del veintisiete de julio de
dos mil veintiuno. ------------------------------------------------------------------------------------------------
RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la empresa CONSTRUCTORA, SERVICIOS
Y SUMINISTROS ARPI S.A., en contra del acto de adjudicación de la LICITACIÓN
PÚBLICA No. 2021LN-000001-0021700001 promovida por la MUNICIPALIDAD DE
HEREDIA para la “Construcción de aceras corredor accesible y cordón caño para
conectar sitios de interés público tipo por demanda para la Municipalidad de Heredia”,
acto recaído a favor de la empresa CONSTRUCTORA MECO S.A. bajo la modalidad de
ejecución según demanda. -----------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I. Que el diecisiete de mayo de dos mil veintiuno, la empresa Constructora, Servicios y
Suministros Arpi S.A. presentó ante la Contraloría General de la República, recurso de
apelación en contra del acto de adjudicación de la licitación pública 2021LN-000001-
0021700001 promovida por la Municipalidad de Heredia. --------------------------------------------
II. Que mediante auto de las ocho horas treinta y cinco minutos del treinta y uno de mayo
de dos mil veintiuno, esta División otorgó audiencia inicial a la Administración licitante y al
adjudicatario, con el objeto de que manifestaran por escrito lo que a bien tuvieran con
respecto a los alegatos formulados por el apelante, y para que ofrecieran las pruebas que
consideraran oportunas. Dicha audiencia fue atendida mediante escritos incorporados al
expediente de la apelación. -----------------------------------------------------------------------------------
III. Que mediante auto de las once horas cincuenta y nueve minutos del quince de junio
de dos mil veintiuno, esta División confirió audiencia especial al apelante para que se
refiera únicamente a las argumentaciones que en contra de su oferta realizó la
adjudicataria al momento de contestar la audiencia inicial. Dicha audiencia fue atendida
mediante escrito incorporado al expediente de la apelación. ----------------------------------------
IV. Que de conformidad con lo establecido en el artículo ciento noventa del Reglamento a
la Ley de Contratación Administrativa, se consideró que no era necesario otorgar
audiencia final a las partes, en vista de que durante el trámite del recurso se contaron con
los elementos necesarios para su resolución. -----------------------------------------------------------
V. Que la presente resolución se emite dentro del plazo de ley, y en su trámite se han
observado las prescripciones legales y reglamentarias correspondientes. ----------------------

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