Resolución Nº R-DCA-00828-2021 de Fideicomiso Inmobiliario Aresep Bcr Dos Mil Dieciocho, 23-07-2021

Fecha23 Julio 2021
EmisorFideicomiso Inmobiliario Aresep Bcr Dos Mil Dieciocho
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.c r
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
R-DCA-00828-2021
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa.
San José, a las diez horas treinta y ocho minutos del veintisiete de julio de dos mil veintiuno.----
RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el CONSORCIO C&C CONSULTORES
ASOCIADOS en contra del acto de adjudicación del PROCEDIMIENTO POR PRINCIPIOS No.
2021PP-000002-0022700001 / CDO-004-202, promovida por el FIDEICOMISO INMOBILIARIO
ARESEP BCR 2018 para la contratación de “Servicios legales y notariales por demanda para el
Fideicomiso ARESEP / BCR 2018”, acto recaído a favor de la empresa KPMG ABOGADOS
SOCIEDAD ANÓNIMA, bajo la modalidad de ejecución según demanda. ------------------------------
RESULTANDO
I. Que el doce de julio de dos mil veintiuno, el Consorcio C&C Consultores Asociados, presentó
recurso de apelación en contra del acto de adjudicación del procedimiento por principios
promovido por el Fideicomiso Inmobiliario ARESEP BCR 2018 para la contratación de
“Servicios legales y notariales por demanda para el Fideicomiso ARESEP / BCR 2018”.-----------
II. Que mediante auto de las catorce horas cincuenta y seis minutos del trece de julio de dos mil
veintiuno, esta División solicitó el expediente administrativo de la contratación, requerimiento
que fue ampliado mediante auto de las nueve horas treinta minutos del catorce de julio de dos
mil veintiuno; y que fue debidamente atendido por la Administración mediante oficio N° FIDOP-
2020-7-876 del quince de julio de de dos mil veintiuno.-------------------------------------------------------
III. Que la presente resolución se emite dentro del plazo de ley, y en su trámite se han
observado las prescripciones legales y reglamentarias correspondientes.------------------------------
CONSIDERANDO
I. HECHOS PROBADOS: Para la resolución del presente asunto se ha tenido a la vista el
expediente electrónico de la contratación que consta en el Sistema Integrado de Compras
Públicas (SICOP), al cual se accede por medio del sitio http://www.sicop.co.cr/index.jsp en el
apartado de concursos e ingresando el número de procedimiento, por lo que de acuerdo con la
información electrónica consultada, se tienen por demostrados los siguientes hechos de
interés: 1) Que mediante documento denominado “Informe de Recomendación de Adjudicación
Concurso de Oferta FIA-2018 N° CDO-004-2021 procedimiento por principios N° 2021PP-
000002-00022700001”de fecha 24 de junio se indicó en relación a la oferta del Consorcio C&C
Consultores y Asociados lo siguiente: (…) Ahora bien, una vez elaborado el informe de admisibilidad,
la UAP procedió a correr el sistema de calificación sobre las ofertas elegibles y, como parte de las

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