Resolución Nº R-DCA-01359-2021 de Municipalidad de San Ramon, 13-12-2021

Fecha13 Diciembre 2021
EmisorMunicipalidad de San Ramon
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contralor ia.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San J osé, Costa Rica
R-DCA-01359-2021
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San
José, a las diez horas cinco minutos del catorce de diciembre del dos mil veintiuno.-------------------------
RECURSO DE OBJECIÓN interpuesto por la empresa ALMORENTAL SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA, en contra del cartel de la LICITACIÓN PÚBLICA N.° 2021LN-
000003-0015900001 promovida por la MUNICIPALIDAD DE SAN RAMÓN, para la contratación del
“Servicio de recolección de residuos sólidos ordinarios en los sectores sur, norte, y este-oeste del
cantón de San Ramón, bajo la modalidad según demanda”.---------------------------------------------------------
RESULTANDO
I.- Que el treinta de noviembre del año en curso, la empresa Almorental Sociedad de Responsabilidad
Limitada interpuso ante esta Contraloría General, recurso de objeción en contra del cartel de la
Licitación Pública N.° 2021LN-000003-0015900001 promovida por la Municipalidad de San Ramón.----
II.- Que mediante auto de las trece horas con cuarenta y seis minutos del dos de diciembre del dos mil
veintiuno, esta División otorgó audiencia especial a la Administración licitante para que se pronunciara
sobre el recurso de objeción interpuesto. Dicha audiencia fue atendida mediante oficio N.° MSR-AM-
1520-2021 del siete de diciembre del año en curso, suscrito por la señora Oria Ruíz Murillo, en su
condición de Vice Alcaldesa de la Municipalidad de San Ramón. -------------------------------------------------
III.- Que esta resolución se emite dentro del plazo de ley, habiéndose observado las prescripciones
legales y reglamentarias correspondientes.------------------------------------------------------------------------------
CONSIDERANDO
I.- SOBRE EL FONDO DEL RECURSO. 1) Sobre el plazo para la apertura de ofertas. La objetante
manifiesta que la Administración no cumplió con lo establecido en el artículo 179 del Reglamento a la
Ley de Contratación Administrativa, en relación con el plazo que debe mediar entre la modificación de
la invitación a participar y la apertura de ofertas. Explica que el 25 de noviembre de 2021 se publicaron
modificaciones al cartel en el cual se variaron aspectos legales, administrativos y del objeto contractual.
Argumenta que con la publicación del 25 de noviembre citada anteriormente, se estableció como fecha
para la apertura de ofertas el 2 de diciembre de 2021. Indica que al introducir cambios en las
especificaciones técnicas los días hábiles entre la publicación de las modificaciones y la fecha de
apertura es de 4 días hábiles. Señala que lo correcto es que el plazo sea de al menos 15 días hábiles.
Dispone que el 26 de noviembre de 2021 se publicó en el SICOP un nuevo plazo para la apertura de
ofertas, siendo este el 7 de diciembre de 2021; sin embargo, considera que aún con la modificación del
plazo continúa sin otorgarse el plazo mínimo de los 15 días. Requiere que se otorgue el plazo legal

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