Resolución Nº R-DCA-00377-2022 de Particular, 06-04-2022

Fecha06 Abril 2022
EmisorParticular
R-DCA-00377-2022
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa.
San José, a las catorce horas veinte minutos del ocho de abril del dos mil veintidós.-----------------
RECURSOS DE OBJECIÓN interpuestos por las empresas CENTRAL DE SERVICIOS PC
S.A.,GBM DE COSTA RICA S.A. yCOMPONENTES EL ORBE S.A. en contra del cartel de la
LICITACIÓN PÚBLICA No. 2021LN-000008-PROV, promovida por el PODER JUDICIAL, para
el “Arrendamiento Operativo de Microcomputadoras”. --------------------------------------------------------
RESULTANDO
I. Que el día veinticuatro de marzo de dos mil veintidós, la empresa Central de Servicios PC
S.A. presentó ante la Contraloría General de la República, recurso de objeción en contra del
cartel de la licitación pública 2021LN-000008-PROV. ---------------------------------------------------------
II. Que el día veinticinco de marzo de dos mil veintidós, la empresa GBM de Costa Rica S.A.
presentó ante la Contraloría General de la República, recurso de objeción en contra del cartel
de la licitación pública No. 2021LN-000008-PROV. ------------------------------------------------------------
III. Que el día veinticinco de marzo de dos mil veintidós, la empresa Componentes El Orbe S.A.
presentó ante la Contraloría General de la República, recurso de objeción en contra del cartel
de la licitación pública No. 2021LN-000008-PROV. ------------------------------------------------------------
IV. Que mediante auto de las nueve horas con veinticinco minutos del treinta y uno de marzo del
dos mil veintidós, esta División otorgó audiencia especial a la Administración licitante para que
se pronunciara sobre los recursos interpuestos por las empresas Central de Servicios PC S.A.,
GBM de Costa Rica S.A. y Componentes El Orbe S.A.; la cual fue atendida mediante oficio
incorporado al expediente electrónico de la objeción. ---------------------------------------------------------
V. Que mediante auto de las quince horas con veintiséis minutos del treinta y uno de marzo del
dos mil veintidós, esta División le solicitó a la Administración que remitiera copia completa y
certificada de la última versión del cartel de la contratación (incluyendo las modificaciones); la
cual fue atendida mediante oficio incorporado al expediente electrónico de la objeción. ------------
VI. Que esta resolución se emite dentro del plazo de ley, habiéndose observado las
prescripciones legales y reglamentarias correspondientes. --------------------------------------------------
CONSIDERANDO
I. CONSIDERACIÓN DE OFICIO: De conformidad con el artículo 11, Capítulo IV, Título IV de la
Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas No. 9635 del 3 de diciembre de 2018 y el
Decreto Ejecutivo N°41641-H, Reglamento al Título IV de la Ley N°9635, Responsabilidad
Fiscal de la República, se recuerda a la Administración licitante, su deber de verificar desde la
fase de presupuestación de la contratación, el cumplimiento al límite de regla fiscal previsto
para el ejercicio económico del año 2022, así como el marco de presupuestación plurianual
dispuesto en el artículo 176 de la Constitución Política. Para estos efectos, la Administración
deberá adoptar las medidas de control interno necesarias para verificar que el monto asignado
a la contratación que se licita cumple con dichas disposiciones, debiendo advertirse que su
inobservancia podría generar responsabilidad administrativa del funcionario, conforme lo
regulado en el artículo 26 de la citada Ley.------------------------------------------------------------------------
II. SOBRE LA UTILIZACIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE COMPRAS PÚBLICAS SICOP.
En el caso se tiene que este procedimiento no fue tramitado en el Sistema Integrado de
Compras Públicas (SICOP); por lo que debe recordarse a esa Administración que al amparo del
artículo 40 de la Ley de Contratación Administrativa y el Reglamento para la utilización del
Sistema Integrado de Compras Públicas “SICOP” No. 41438-H (publicado en el Alcance No. 13
de la emisión No. 13 del Diario Oficial La Gaceta del 18 de enero de 2018) la relevancia de la
promoción de los procedimientos de licitación mediante el SICOP. A lo anterior, resulta
necesario agregar que, según la publicación realizada por el Ministerio de Hacienda mediante
La Gaceta No. 18 del 28 de enero de 2022 se avisó a los interesados que a partir del 1 de
marzo de 2022 se ponía en funcionamiento el módulo del SICOP para interponer recursos ante
la Contraloría General de la República. Al respecto, se indicó en lo que interesa: “A partir del 01
de marzo del 2022, (sic) pone en funcionamiento y a disposición de los interesados, un nuevo
módulo para presentar los recursos de objeción ante la Contraloría General de la República,
mediante el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP). Por lo anterior, a partir de la
fecha indicada, únicamente se podrá realizar dicho proceso recursivo utilizando esta
herramienta para lo cual se debe contar con firma digital.” Como puede verse, la Contraloría

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