Resolución Nº R-DCA-SICOP-00407-2022 de Municipalidad de Buenos Aires, 19-10-2022

Fecha19 Octubre 2022
EmisorMunicipalidad de Buenos Aires
10/10/22, 14:17
Emitir resolución de recursos
https://www.sicop.go.cr/moduloBid/cgr/Ep_CgrResultDetailView.jsp?resultSeqno=1191&cartelNo=20220903424&cartelSeq=00&cartelVersion=230920
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Emitir resolución de recursos
1. Generar resolución de recursos
Encargado
Rebeca Bejarano
Fecha/hora gestión
10/10/2022 13:32
Fecha/hora resolución
10/10/2022 14:09
* Procesos asociados Número documento
8072022000000415
* Tipo de resolución
Número de
procedimiento
2022LA-000020-0004200001
Nombre Institución
Municipalidad de Buenos Aires
Descripción del
procedimiento
Colocación de Base Estabilizada B-
25, Capeta de Mezcla Asfáltica en Caliente y Tratamientos Superficial Bituminoso TSB#, en el caminos 603038
2. Listado de recursos
Número Fecha presentación Recurrente Empresa/Interesado Resultado Causa resultado
8002022000000827
DENNIS MONGE
CAMPOS
CONSTRUCTORA
MECO SOCIEDAD
ANONIMA
3. *Validaciones de control
Tipo de procedimiento
En tiempo
Prórroga de apertura de ofertas
Legitimación
Quién firma el recurso
Firma digital
Cartel objetado
Temas previstos
4. *Resultando
I.- Que el veintiocho de setiembre de dos mil veintidós, la empresa Constructora Meco S.A., interpuso ante la Contraloría General de
la República recurso de objeción en contra del cartel de la Licitación Abreviada No. 2022LA-000020-0000400001 promovida por la
Municipalidad de Buenos Aires.
II.- Que para la resolución de los recursos interpuestos se han observado las disposiciones legales respectivas.
5. *Considerando
I.- SOBRE LA ADMISIBILIDAD DEL RECURSO PRESENTADO. Competencia de la Contraloría General de la República para
conocer del recurso interpuesto. De conformidad con el numeral 81 de la Ley de Contratación Administrativa, todo potencial
oferente de un procedimiento de contratación puede objetar el contenido cartelario definido por la Administración, sin
embargo, la instancia competente para su conocimiento variará dependiendo del tipo de procedimiento ordinario que se
trate; de esta forma, el artículo de mencionado señala textualmente que: “(...) El recurso se interpondrá ante la Contraloría
General de la República, en los casos de licitación pública, y en los demás casos, ante la administración contratante”. En
igual sentido, los artículos 180 y 181 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa expresamente señalan que los
recursos de objeción contra los carteles de las licitaciones públicas se interpondrán ante la Contraloría General de la
República, en tanto que, los procedimientos tramitados mediante las licitaciones abreviadas serán de conocimiento ante la
administración licitante. Lo anterior implica que, en la atención de los recursos de objeción al pliego de condiciones, esta
Contraloría General tiene su competencia limitada para el conocimiento de aquellos procedimientos de compra tramitados
mediante licitación pública, mientras que, tratándose de licitaciones abreviadas, únicamente podrán ser interpuestas y
conocidas ante la Administración contratante. Así las cosas, en el caso bajo análisis, el procedimiento de compra se tramitó
en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP) para el objeto: Colocación de Base Estabilizada B-25, Carpeta de
Mezcla Asfáltica en Caliente y Tratamientos Superficial Bituminoso TSB#, en el camino 603038.” (www.sicop.go.cr, consultar
en la sección "Expediente Electrónico", bajo el "Número de procedimiento” 2022LA-000020-0000400001, ingresar en el link
"Descripción", ingresar a la sección denominada “2. Información de Cartel”, consultar en “2022LA-000020-0000400001”, ver
en la nueva ventana “Detalles del concurso” y en la sección “1. Información general” el “Tipo de procedimiento LICITACIÓN
ABREVIADA”), el cual según consta en la dirección electrónica expuesta anteriormente. Se desprende del expediente
administrativo del concurso, que el procedimiento promovido corresponde a una licitación abreviada, lo cual fue verificado
por esta Contraloría General. De conformidad con lo anterior, queda claramente establecido que lo que se objeta
corresponde al cartel de una licitación abreviada, siendo entonces que las impugnaciones a este cartel deben ser conocidas
ante la Administración licitante, lo anterior puesto que la Contraloría General no resulta competente para conocer los
recursos de objeción en contra de carteles derivados de procedimientos de contratación administrativa distintos al
procedimiento de licitación pública, por ende, lo procedente es el rechazo de plano. NOTIFÍQUESE.
Recursos
Resolución de rechazo
Rechazo de plano
Rechazado de plano po

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