Resolución Nº R-DCA-00930-2022 de Particular, 12-12-2022

Fecha12 Diciembre 2022
EmisorParticular
R-DCA-00930-2022
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa.
San José, a las trece horas cincuenta y tres minutos del trece de diciembre de dos mil veintidós.
RECURSOS DE APELACIÓN interpuestos por la empresa CONSTRUTICA DISEÑO Y
CONSTRUCCIÓN LIMITADA y por el CONSORCIO ALMADA-ICSA-TDE-01-2021, en contra
del acto que declara infructuosa la CONTRATACIÓN DIRECTA CONCURSADA promovida por
la JUNTA DE EDUCACIÓN ESCUELA SALUSTIO CAMACHO MUÑOZ para la “Construcción
Escuela Salustio Camacho Muñoz, Código 1340, Alajuela, Zarcero, Palmira”.
RESULTANDO
I. Que el tres de octubre de dos mil veintidós, la empresa Construtica Diseño y Construcción
Limitada, presentó ante la Contraloría General de la República, recurso de apelación en contra
del acto que declara infructuosa la referida contratación directa concursada promovida por la
Junta de Educación Escuela Salustio Camacho Muñoz.
II. Que el tres de octubre de dos mil veintidós, el Consorcio ALMADA-ICSA-TDE-01-2021,
presentó ante la Contraloría General de la República -ingresado el cuatro de octubre del dos mil
veintidós-, recurso de apelación en contra del acto que declara infructuosa la referida
contratación directa concursada promovida por la Junta de Educación Escuela Salustio
Camacho Muñoz.
III. Que mediante auto de las quince horas y dos minutos del cuatro de octubre de dos mil
veintidós, este órgano contralor solicitó a la Administración, la remisión del expediente
administrativo del concurso, lo cual fue atendido mediante oficio No.
DREO-SCE07-ESCM-JE-025-2022 del cinco de octubre de dos mil veintidós, según
documentación aportada en el expediente de apelación.
IV. Que el once de octubre de dos mil veintidós mediante oficio No.
DREO-SCE07-ESCM-JE-029-2022, la Administración comunicó que cinco oferentes desean
mantener la vigencia de las ofertas presentadas, a saber: Construtica Diseño y Construcción
Limitada, Consorcio LEMA-AJIP, Consorcio B&Q Ingeniería-Electricidad y Control Industrial
Vargas y Smith, Sociedad Anónima, Consorcio ALMADA-ICSA-TDE-01-2021 y Construcciones
Peñaranda, Sociedad Anónima.
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
V. Que mediante auto de las trece horas y once minutos del diecisiete de octubre de dos mil
veintidós, esta División otorgó audiencia inicial a la Administración licitante y a los siete
oferentes -Consorcio ALMADA-ICSA-TDE-01-2021; Construcciones Peñaranda, Sociedad
Anónima; Consorcio B&Q Ingeniería-Electricidad y Control Industrial Vargas y Smith, Sociedad
Anónima; Consorcio LEMA-AJIP; Consorcio DACOR-UMAÑA; Constructora y Consultora
Náutica JJ, Sociedad Anónima y Construtica Diseño y Construcción Limitada- con el objeto de
que manifestaran por escrito lo que a bien tuvieran con respecto a los alegatos formulados por
las apelantes, y para que ofrecieran las pruebas que consideraran oportunas. Dicha audiencia
fue atendida por la Administración licitante mediante oficio No.
DREO-SCE07-ESCM-JE-31-2022 del 24 de octubre de 2022 de la Junta de Educación de la
Escuela Salustio Camacho Muñoz complementada con la respuesta técnica -oficio No.
DVM-A-DIE-DDO-UD-0982-2022 de igual fecha- y la respuesta legal -oficio No.
DVM-A-DIE-SL-0918-2022 y DVM-A-DIE-SL-0919-2022, ambos del 20 de octubre de 2022-, así
como sus anexos (folios 26 y 28 del expediente de apelación); el Consorcio
ALMADA-ICSA-TDE-01-2021; Construcciones Peñaranda, Sociedad Anónima; Consorcio
LEMA-AJIP; Construtica Diseño y Construcción Limitada, mediante escritos incorporados al
expediente de la apelación. No atendieron la audiencia inicial el Consorcio B&Q
Ingeniería-Electricidad y Control Industrial Vargas y Smith, Sociedad Anónima; Consorcio
DACOR-UMAÑA; Constructora y Consultora Náutica JJ, Sociedad Anónima.
VI. Que mediante auto de las diecisiete horas y cincuenta y dos minutos del veintiuno de
noviembre de dos mil veintidós, esta División confirió audiencia especial a la empresa
Construtica Diseño y Construcción Limitada y por el Consorcio ALMADA-ICSA-TDE-01-2021,
para que para que se refiriera únicamente a las argumentaciones que en contra de su oferta
realizaron la Administración y la apelante (según corresponda) al momento de contestar la
audiencia inicial. Además, se solicitó en específico que Construtica Diseño y Construcción
Limitada se refiriera sobre la respuesta de la Administración -oficio
DVM-A-DIE-DDO-UD-0506-2022 del 16 de junio de 2022 relacionado con el análisis que realizó
la Administración sobre el tema “Desglose General de la Estructura de Precios”- y que el
Consorcio ALMADA-ICSA-TDE-01-2021 se refiriera a la respuesta de la Administración -oficio
DVM-A-DIE-DDO-UD-0148-2022 del 02 de marzo- y la consideración señalada sobre el
concepto “similar” para revisar las ofertas en cuanto a la experiencia así como la mención que
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
realiza la Administración al oficio DVM-A-DIE-SL-0310-2022 del 31 de marzo de 2022 sobre el
tema de la patente. Dicha audiencia fue atendida mediante escritos incorporados al expediente
de la apelación.
VII. Que mediante auto de las catorce horas y treinta minutos del veinticinco de noviembre de
dos mil veintidós, esta División notificó a las partes que se prorroga el plazo para resolver.
VIII. Que de conformidad con lo establecido en el artículo ciento noventa del Reglamento a la
Ley de Contratación Administrativa, se consideró que no era necesario otorgar audiencia final a
las partes, en vista de que durante el trámite del recurso se tenían todos los elementos
necesarios para su resolución.
IX. Que la presente resolución se emite dentro del plazo de ley, y en su trámite se han
observado las prescripciones legales y reglamentarias correspondientes
CONSIDERANDO
I. HECHOS PROBADOS. Para emitir la presente resolución, se ha tenido a la vista la copia
certificada del expediente de la contratación, subido al repositorio habilitado por este órgano
contralor, por lo que de acuerdo con la información consultada en ese expediente así como la
información que consta en el Sistema de Gestión Documental (SIGED), expediente electrónico
de apelación No. CGR-REAP-2022006485, se tienen por demostrados los siguientes hechos de
interés: 1) Que el expediente de contratación contempla los tres concursos que ha realizado
hasta la fecha la Junta de Educación de la Escuela Salustio Camacho Muñoz para el mismo
objeto contractual (según consta en el expediente de la contratación, Tomos I al XIV, Folios 1 al 5870).
2) Que mediante oficio No. DVM-A-DIE-AUT-0022-2021 del 25 de mayo de 2021, la Dirección
de Infraestructura Educativa, modifica la autorización contenida en los oficios DIEE-A-93-2018
del 22 de mayo de 2018, DIEE-DC-A-027-2018 del 19 de noviembre de 2018,
DIEE-DC-A-052-2019, del 20 de junio de 2019, y DIEE-DC-A-112-2020 de fecha 04 de
noviembre del 2019, ampliando el plazo otorgado para adjudicar, al haberse declarado el último
procedimiento de contratación tramitado por la Junta de Educación Escuela Salustio Camacho
con nulidad absoluta por parte del órgano contralor; además, el monto máximo autorizado para
contratar es de ₡838.232.428,58 (ochocientos treinta y ocho millones doscientos treinta y dos
mil cuatrocientos veintiocho colones con cincuenta y ocho céntimos) (según consta en el
expediente de la contratación, Tomo IX, Folios 3774 al 3776; y Folios 3836 y 3837).3) Que mediante
oficio No. DREO-SCE07-ESCM-JE-002-2021 del 07 de junio de 2021, dirigido a tres posibles
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica

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