Resolución Nº SGF-3897-2018 de Superintendencia General de Entidades Financieras, 19-12-2018

Número de resoluciónSGF-3897-2018
Año2018
Fecha19 Diciembre 2018
Tipo de documentoResolución

Resolución

19 de noviembre 2018

SGF-3897-2018

SGF-PUBLICO

Dirigida a:

Bancos comerciales del Estado.

Bancos Creados por leyes especiales.

Bancos Privados.

Empresas Financieras no bancarias.

Otras entidades financieras.

Organizaciones cooperativas de ahorro y crédito.

Entidades autorizadas del Sistema Financiero Nacional para la vivienda.

Asunto: Modificación a los “Lineamientos Generales para la Aplicación del Reglamento sobre la Suficiencia Patrimonial de Entidades Financieras, Acuerdo SUGEF 3-06”.

El Superintendente General de Entidades Financieras,

Considerando que:

  1. El Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (CONASSIF) aprobó según Artículo 14 del Acta de la Sesión 547 celebrada el 5 de enero del 2006, el Reglamento sobre la Suficiencia Patrimonial de Entidades Financieras, Acuerdo SUGEF 3-06, publicado en el diario oficial La Gaceta No 13 del miércoles 18 de enero del 2006
  2. El Artículo 4 del acuerdo SUGEF 3-06 dispone que el Superintendente debe emitir y modificar los Lineamientos Generales para una mejor implementación de dicho acuerdo
  3. El inciso b) del Artículo 131 de la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, Ley N° 7558, dispone que le corresponde al Superintendente General de Entidades Financieras tomar las medidas necesarias para ejecutar los acuerdos del CONASSIF
  4. Mediante artículo 13 del acta de la sesión 1416-2018 del 15 de mayo de 2018, el CONASSIF adicionó el Artículo 18bis, Porcentaje adicional de ponderación por plazo al Reglamento sobre...

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