Resolución

Fecha de publicación15 Septiembre 2020
Número de registroIN2020482273
EmisorMINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

Ministerio de Comercio Exterior.—RES-DMR-0033-2020.—San José, a las ocho horas del día doce de agosto del año dos mil veinte.

Resolución administrativa de delegación de firma de contratos derivados de la ejecución del Programa de Integración Fronteriza de Costa Rica.

Resultando:

1º—Que el artículo I de la Ley NO 9451 de 16 de mayo de 2017 aprueba el Contrato de Préstamo 3488/OC-CR, suscrito entre el Gobierno de Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo para financiar el “Programa de Integración Fronteriza de Costa Rica”, hasta por el monto de cien millones de dólares de los Estados Unidos de América (USD $100.000.000,00).

2ºQue el artículo 3 de la Ley N° 9451 señala que “El organismo ejecutor (OE) será el Ministerio de Comercio Exterior (COMEX), que será responsable de la toma de decisiones, de la dirección y de la coordinación del Programa. COMEX se apoyará en una Unidad Coordinadora (UC), conformada por un equipo profesional de apoyo técnico interdisciplinario, liderado por un gerente de programa. (...)”

3ºQue en el artículo 6 de la Ley N° 9451 indicada, se crea la Unidad Coordinadora (UC) del Programa de Integración, dentro de la estructura organizacional del Ministerio de Comercio Exterior (COMEX), para la consecución de las funciones establecidas para el organismo ejecutor en el Contrato de Préstamo N° 3488/OC-CR, así como para todas aquellas actuaciones administrativas derivadas de dichas funciones. Se indica también que la UC estará conformada por un equipo interdisciplinario a cargo de un gerente de programa, quien ostentará la mayor jerarquía administrativa para las funciones ejecutivas de la Unidad; que la UC tendrá vigencia desde la aprobación de la indicada ley y hasta que finalice la ejecución del Programa de Integración Fronteriza de Costa Rica; y que lo anterior incluye todas aquellas actuaciones formales y materiales necesarias para la finalización del Programa, así como todas aquellas labores de supervisión y mantenimiento derivadas de su ejecución.

4ºQue mediante oficio DM-748-18 del 16 de agosto de 2018, el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica autorizó la creación de una unidad operativa denominada “Unidad Coordinadora del Programa de Integración Fronteriza” dentro de la estructura organizacional del Ministerio de Comercio Exterior, la cual será de carácter temporal y tendrá una vigencia prevista de cinco años, conforme se establece en la propia ley, dependiendo jerárquicamente del Viceministro de Comercio Exterior.

5ºQue el artículo 28. 2 inciso h) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978, contempla entre las facultades del Ministro, la firma en nombre del Estado de los contratos relativos a asuntos propios de su Ministerio.

6ºQue los artículos 89 y 92 de la citada Ley N° 6227, establecen:

“Artículo 89.—Todo servidor...

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