Resolución N° R-024-2021-MINAE

Fecha de publicación27 Abril 2021
Número de registroIN2021544441
EmisorMINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA

R-024-2021-MINAE.—Poder Ejecutivo.—San José a las catorce horas con cincuenta minutos del veintiocho de enero dos mil veintiuno. Teléfono 2233-45-33, Fax 2255-14-92.

Se conoce solicitud para otorgamiento de concesión minera de extracción de materiales, en cauce de dominio público en el Río Tres Amigos, ubicado en los distritos 04 Aguas Zarcas y 06 Pital, cantón 10 San Carlos, provincia 02 Alajuela, a favor de la sociedad Constructora Hernán Solís S. R. L., cédula de persona jurídica número 3-102-008555, representada por el señor Roberto Acosta Mora, portador de la cédula de identidad número 1-0500-0590, en su condición de Apoderado Generalísimo de la sociedad de cita. Expediente Minero N° 15-2014.

Resultando:

1°—Que el señor Roberto Acosta Mora, portador de la cédula de identidad número 1-0500-0590, en su condición de Apoderado Generalísimo de la sociedad Constructora Hernán Solís S. R. L., cédula de persona jurídica número 3-102-008555, solicitó concesión para extracción de materiales en cauce de dominio público sobre el Río Tres Amigos, ubicado en los distrito 04 Aguas Zarcas y 06 Pital, cantón 10 San Carlos, provincia 2 Alajuela.

2°—Que dicha solicitud tuvo expediente temporal N°40T-2009, al cual una vez formalizado, se le asignó el expediente administrativo N° 15-2014, cuyo edicto fue publicado con las siguientes características:

Localización Geográfica:

Sito en: distrito 04 Aguas Zarcas y 06 Pital, cantón 10 San Carlos, provincia 2 Alajuela.

Hoja Cartográfica:

Hoja Aguas Zarcas, escala 1:50.000 del I.G.N.

Localización Cartográfica:

Entre coordenadas generales: 1155591.564 Norte, 466427.905 - 466589.324 Este límite aguas arriba y 1156943.321 - 1156982.531 Norte, 465528.925 - 465586.056 Este límite aguas abajo.

Área Solicitada:

23 ha 9860 m2, longitud promedio 1999.975 metros, según consta en plano aportado al folio 53.

Derrotero:

Coordenadas del vértice N° 1 1155591.564 Norte, 466589.324 Este.

LÍNEA

ACIMUT

DISTANCIA

°

m

cm

1 - 2

329

23

173

86

2 - 3

324

37

129

05

3 - 4

256

08

104

27

4 - 5

343

23

121

37

5 - 6

346

38

84

14

6 - 7

344

52

166

30

7 - 8

349

56

124

81

8 - 9

6

21

119

73

9 - 10

312

35

134

62

10 - 11

236

41

156

71

11 - 12

295

05

150

27

12 - 13

312

05

53

25

13 – 14

325

36

131

94

14 – 15

321

08

135

81

15 – 16

309

33

102

81

16 – 17

340

24

107

51

17 – 18

344

12

15

56

18 – 19

347

06

21

18

19 – 20

55

32

59

29

20 – 21

141

05

109

80

21 – 22

127

48

86

10

22 – 23

133

12

121

29

23 – 24

145

43

125

97

24 – 25

150

56

112

05

25 – 26

86

03

148

58

26 – 27

98

07

63

11

27 – 28

126

37

71

99

28 – 29

140

55

93

71

29 – 30

133

03

82

59

30 – 31

164

01

84

89

31 – 32

159

03

86

34

32 – 33

137

24

118

46

33 – 34

190

47

99

87

34 – 35

176

49

97

70

35 – 36

125

28

169

41

36 – 37

141

17

138

17

37 – 38

157

54

82

85

38 – 39

159

06

73

88

39 – 1

270

00

138

58

Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 30 de setiembre del 2014, área y derrotero aportados el 25 de agosto del 2017.

Con quince días hábiles de término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante el Registro Nacional Minero. San José a las seis horas treinta y cinco minutos del siete de setiembre del dos mil diecisiete. (Visible a folios 132 al 134)

3°—Que mediante resolución Nº 1790-2014-SETENA, de las nueve horas con veinticinco minutos, del 04 de setiembre del 2014, la Comisión Plenaria le otorgó la Viabilidad Ambiental al proyecto que nos ocupa, por un plazo de 2 años para el inicio de actividades obras o proyectos, cuya garantía de cumplimiento o garantía ambiental se encuentra vigente. De igual forma, ha demostrado el cumplimiento de las obligaciones que le imponen el Código de Minería y su Reglamento.

4°—Que mediante memorando DGM-TOP-O-030-2015, de fecha 15 de enero del 2015, el Departamento de Topografía de la Dirección de Geología y Minas, emitió pronunciamiento sobre el proyecto de cita, concluyendo lo siguiente:

Roberto Acosta Mora, mayor, casado, ingeniero civil, vecino de Rohrmorser, San José, cédula 1-0500-0590, apoderado generalísimo de Constructora Hernán Solís S. R. L., cédula jurídica 3-102-008555, solicita concesión para extracción de materiales en cauce de dominio público sobre el Río Tres Amigos, localizado en Aguas Zarcas y Pital, San Carlos, Alajuela. Corresponde a la solicitud temporal 40T-2009.

- No interfiere.

- Se ubica esta solicitud en la hoja cartográfica Aguas Zarcas, escala 1/50000 del I.G.N., entre coordenadas 270200.0000 Norte, 502968.3710 - 502833.9397 Este límite aguas arriba, 271650 Norte, 501851.2362 - 501912.5443 Este límite aguas abajo.

- Corresponde a jurisdicción de San Carlos.

- Aporta los siguientes documentos:

- Ubicación cartográfica.

- Plano topográfico del área de interés, mismo que no se aprueba ya que con tiene notas que no proceden.

- Plano A-1252055-2008.

- Certificación de SINAC.

- Certificación literal de la finca folio real 2449633-000.

- Para continuar con el trámite, el interesado deberá aportar al menos:

- Plano topográfico mismo que debe cumplir con lo indicado en el artículo 13 del Reglamento al Código de Minería: Toda solicitud de concesión de explotación deber presentar un plano topográfico que contenga: a.- Derrotero indicando azimutes y distancias entre los vértices del área solicitada. Indicación de precisión y error angular del levantamiento. Aportar listado de coordenadas nacionales. b.- Indicar acceso o accesos al área a explotar y definir si son públicos o privados. c.- Ubicación geográfica del área con base en el respectivo mapa del I.G.N. y localización del área de acuerdo a la división territorial administrativa del país. d.- El plano deber ser refrendado y protocolizado por un profesional en topografía incorporado al Colegio respectivo, con indicación de número de protocolo, tomo y folio de levantamiento y sellado por la fiscalía del Colegio respectivo, e.- Indicar nombre completo y número de cédula del gestionante, el que debe coincidir con la solicitud original. f.- Para el enlace o referencia del área levantada se utilizaran puntos bien determinados en los mapas del I.G.N. de la zona. g.- Las copias que se aporten deben ser heliográficas sin tachones, escrituras o correcciones que no se hayan realizado en el original. El tamaño del plano no podrá exceder de un máximo de 88cm X 128cm. h.- En caso de explotación de cantera y si el área solicitada no comprende la totalidad de la finca madre, se deberá aportar un plano con todos los requisitos anteriores y referenciado al menos a dos vértices del polígono del plano madre. Asimismo, eliminar las notas de longitud de cauce e información de Registro. (Visible a folios 97 y 98)

5°—Que el día 10 de marzo del 2015, el representante legal de la sociedad solicitante, presentó al expediente el programa de explotación con las referencias técnicas y financieras, del presente expediente, con tal de ser analizado por el Geólogo Maikol Rojas Araya en su condición de Coordinador Minero de la Región Huetar Norte, de la Dirección de Geología y Minas y continuar con el trámite de otorgamiento de la concesión. (Visible al folio 99)

6°—Que mediante memorando DGM-CMRHN-092-2015, de fecha 01 de setiembre 2015, el señor Maikol Rojas Araya en su condición de Geólogo Coordinador Minero de la Región Huetar Norte, de la Dirección de Geología y Minas, procedió a realizar la revisión de la documentación presentada, habiendo señalado que no satisfacía la información necesaria por lo que se hacía preciso la presentación de un anexo al programa de explotación. Por ello, en el mes de agosto del 2016, el representante legal de la sociedad solicitante presentó el anexo requerido (Visible a folios 100 al 107 y 110 respectivamente)

7°—Que mediante memorando DGM-CMRHN-11-2017, del día 20 de enero de 2017, el Geólogo Rojas Araya, Geólogo Coordinador Minero de la Región Huetar Norte, de la Dirección de Geología y Minas, emitió las recomendaciones necesarias para el otorgamiento de la presente concesión.

8°—Que mediante oficio DA-0703-2017 del día 11 de julio del 2017, la Dirección de Agua, emitió sus condiciones de otorgamiento a saber:

“El área a explotar será en un área de 24 ha 4.818 m2 (1.880 metros lineales aproximadamente) en el cauce del río Tres Amigos, en Pital, distrito Aguas Zarcas, del cantón de San Carlos de la provincia de Alajuela.

1. El material a extraer serán depósitos aluviales recientes (gravas, arenas y bloques), quedando claro que queda totalmente prohibido extraer material del piso firme del cauce del río por lo que será sólo permitida la extracción del material arrastrado

2. Queda totalmente prohibida la extracción de materiales de las márgenes del río.

3. La extracción de los materiales será mecanizada en forma laminar por/o que no se deben utilizar ningún tipo de equipo que no garantice éste tipo de extracción.

4. Podrá ser realizada en toda época del año en que no sea impedida por las crecidas normales del río.

5. Queda totalmente prohibida la acumulación de materiales en el cauce del río para evitar que se puedan presentar represamientos.

(Visible a folio 120 frente y vuelto)

9°—Que mediante oficio DGM-RNM-296-2017, del día 18 de julio 2017, el Registro Nacional Minero le solicitó al Topógrafo de Dirección de Geología y Minas, proceder con la confección de los edictos de ley. (Visible al folio 121)

10.—Que no obstante ello, mediante oficio DGM-TOP-0-162-2017 del día 19 de julio del 2017, suscrito por el profesional en topografía de la Dirección de Geología y Minas, se dio respuesta al memorando...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR