Resolución N° R-261-MINAE-2022

Fecha de publicación27 Octubre 2022
Número de registroIN2022684852
EmisorMINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA

DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE

Y COMERCIALIZACIÓN DE COMBUSTIBLES

R-261-MINAE-2022.—Ministerio de Ambiente y Energía.—Dirección General de Transporte y Comercialización de Combustibles.—San José, a las doce horas cincuenta y siete minutos del día doce de octubre del año 2022.

Conoce el Despacho Ministerial de la solicitud de Equivalencia entre la Norma Oficial Mexicana “NOM-009-SESH-2011, y el Decreto “RTC 490:2017 Equipos para la industria de petróleo, cilindros portátiles, tanques estacionarios, equipos y artefactos para suministro y uso de Gas Licuado de Petróleo GLP. Especificaciones de Seguridad” N° 41151-MINAE y “la Norma ASME BPVC.VIII.1-2013, Boiler and Pressure Vessel Code Section VIII, División 1: Rules for Construction of Pressure Vessels”

Resultando:

1º—Que en fecha 10 de mayo del año 2022, el señor Guido Gutiérrez Madrigal, en representación de Gas Nacional Zeta, remitió al Benemérito Cuerpo de Bomberos, el criterio de Equivalencia entre la Norma Oficial Mexicana “NOM-009-SESH-2011, y el Decreto “RTC 490:2017 Equipos para la industria de petróleo, cilindros portátiles, tanques estacionarios, equipos y artefactos para suministro y uso de Gas Licuado de Petróleo GLP. Especificaciones de Seguridad” N° 41151-MINAE y “la Norma ASME BPVC.VIII.1-2013, Boiler and Pressure Vessel Code Section VIII, División 1: Rules for Construction of Pressure Vessels”.

2º—Que en fecha 19 de mayo del año 2022, se recibe vía correo electrónico el traslado de la solicitud del interesado, por parte del señor Walter Jimenez Mora, funcionario del Benemérito Cuerpo de Bomberos al correo electrónico institucional dsojo@minae.go.cr, perteneciente al anterior director de Dirección General de Transporte y Comercialización, el Licenciado Diego Sojo Obando, a fin de que MINAE como la Autoridad Nacional Competente (ANC) sea, quien resuelva y finalice el trámite, por considerarlo desde su óptica el órgano competente.

3º—Que la solicitud de equivalencia de normas, es firmada por los señores: Rafael Alvarado Icaza, en representación de Petrogas, cédula de persona jurídica 3-101-622925, Álvaro Moya Bonilla representando a las empresas Gas Tomza de Costa Rica Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101-349880 y Envasadora Supergas GLP Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-044021 y Guido Gutiérrez Madrigal en representación de Gas Nacional Zeta Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-114502. No se aporta la personería, que les acredite como representantes legales de cada una de las sociedades, tampoco poder que les autorice para realizar dicha solicitud, sin embargo, por lo que mediante resolución número R-DGTCC-2022-0292, se previene la presentación de documento idóneo que les autorice para realizar la solicitud, dando como resultado la comprobación de los mismos como personas legitimadas para realizar el trámite; prevención que fue cumplida en tiempo y forma el día 26 de julio del presente año.

4º—Que adjunto a la solicitud, se recibe “Criterio de equivalencia de la dirección de normalización Código: EQ-28-2022” firmado digitalmente por el señor Mauricio Céspedes Mirabelli, director ejecutivo de la Dirección de Normalización de INTECO, que es el Ente Nacional de Normalización (ENN) en nuestro país.

5º—Que el día once de julio del dos mil veintidós, la Dirección de Energía emite el oficio número DE-0103-2022, que corresponde al análisis técnico con criterio favorable de la solicitud planteada; en el cual recomienda “Se recomienda proceder con el proceso para la equivalencia de la norma NOM-009-SESH-2011 con el Código ASME, Sección VIII, División I ed 2010, indicado en la Norma INTE I37-3 Gas Licuado de Petróleo, contenida en el reglamento técnico RTCR 490:2017 el cual fue oficializado mediante el Decreto 41151-MINAE”.

Considerando:

1º—El Reglamento Técnico de Costa Rica (RTCR) Nº 38849-MEIC denominado “Procedimiento para demostrar equivalencia con un Reglamento Técnico de Costa Rica (RTCR)” establece aspectos importantes; entre ellos, cuáles son los entes encargados tanto del análisis como de la aceptación de la equivalencia. El Reglamento indica lo siguiente en el punto 3 Definiciones:

“3.1 Autoridad Nacional Competente (ANC): La autoridad que tiene la rectoría en la materia que es reglamentada a través del RTCR.

Así mismo indica en el punto 5º-Decisión por parte de la ANC, lo siguiente:

“5.1 El interesado podrá solicitar ante la ANC que corresponda, el otorgamiento de la equivalencia con el RTCR, con fundamento en el informe remitido por el ENN”.

Indica el Decreto Ejecutivo N° 41151-MINAE:

“11. Equivalencia con otros documentos normativos:

Serán equivalentes a este reglamento técnico, aquellos documentos normativos que hayan sido declarados como tales de conformidad con el Decreto Ejecutivo N° 38849-MEIC, Procedimiento para demostrar equivalencia con un reglamento técnico de Costa Rica (RTCR).

13. Autoridades Competentes

13.1 MINAE: El MINAE vigilará la aplicación de los siguientes puntos: 13.1.1 Punto 5. Especificaciones.”

Por lo anterior, una vez realizada una profunda interpretación de la norma, consideramos que corresponde al MINAE, en relación al Decreto de cita, fungir como la Autoridad Nacional Competente (ANC) y ser quien resuelva el trámite, según lo establecido en el (RTCR) Nº 38849-MEIC, de esta manera, analizar y si procede, emitir la equivalencia del RTC 490:2017 Decreto Ejecutivo N° 41151-MINAE, por tratarse de un Decreto del Ministerio de Ambiente y Energía, con una norma de especificaciones técnicas de construcción de tanques.

2º—El informe denominado “Criterio de equivalencia de la dirección de normalización Código: EQ-28-2022indica en sus conclusiones:

“5.1 Ambos documentos técnicos, tanto el Código ASME Sección VIII, División I ed. 2010, como la Norma NOM 009-SESH-2011, coinciden en su alcance, aplicado al diseño y fabricación de recipientes a presión, con la salvedad que la norma NOM es específica para tanques que almacenan gas LP.

5.2 De los 193...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR