Resolución

Fecha de publicación23 Diciembre 2022
Número de registroIN2022705009
EmisorY TRANSPORTES

2022-001742

Ministerio de Obras Públicas y Transportes.—San José, a las ocho horas del día veinte del mes de diciembre del dos mil veintidós.

Diligencias de “Declaratoria de Interés Público y Mandamiento Provisional de Anotación”, en relación al inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado Corredor Vial San José-San Ramón”.

Resultando

1ºQue mediante oficio N° DAJ-ABI-2022-3681 del 15 de noviembre de 2022, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se solicitó emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones N° 9286 del 11 de noviembre de 2014 publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 24 del 04 de febrero de 2015, y las reformas contenidas en la Ley N° 9462 del 28 de julio de 2017, publicada en el Alcance N° 175 del 18 de julio de 2017, en relación con el inmueble folio real 96988-000, cuya naturaleza es terreno dedicado a la siembra de hortalizas y árboles frutales, situado en el distrito 09 Río Segundo, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela, con una medida de 2.209,95 metros cuadrados.

2ºQue del referido inmueble es impostergable la adquisición de un área de terreno equivalente a 40,00 metros cuadrados, según plano catastrado N° 2-2316944-2021; siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominadoCorredor Vial San José-San Ramón”.

3ºQue las diligencias de expropiación se tramitan bajo el expediente administrativo N° SABI 2022-212.

4ºQue en razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, conoce este Despacho y,

Considerando

La Ley de Expropiaciones, N° 9286 del 11 de noviembre de 2014, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 24 del 04 de febrero de 2015, y las reformas contenidas en la Ley N° 9462 del 28 de julio de 2017, publicada en el Alcance N° 175 del 18 de julio de 2017, establece en sus artículos 2, 18 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Inmobiliario.

De conformidad con las disposiciones normativas, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a) Inscripción en el Registro Inmobiliario, finca 96988-000.

b) Ubicación: distrito 09 Río Segundo, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela, cuyos linderos se encuentran indicados en el plano catastrado N° 2-2316944-2021.

c) Propiedad de: Banco Improsa Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-079006.

Área: 40,00 metros cuadrados, para la construcción del proyectoCorredor Vial San José-San Ramón”, según se ha establecido supra. Por tanto;

EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

RESUELVE

1ºDeclarar de interés público, respecto al inmueble folio real 96988-000, situado en el distrito 09 Río Segundo, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela y propiedad de Banco Improsa Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-079006, un área de 40,00 metros cuadrados, cuyos linderos se encuentran limitados en el plano catastrado N° 2-2316944-2021, necesaria para la construcción del proyecto denominado: “Corredor Vial San José-San Ramón”.

2ºOrdenar mandamiento provisional de anotación ante el Registro Nacional, del área de dicho inmueble, que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

3ºProcedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Publíquese y notifíquese.

Luis Amador Jiménez, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—Exonerado.—( IN2022705009). ).

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