Resoluciones de contratación pública
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Resoluciones de contratación pública
Contratación directa por oferente
único no es impugnable ante CGR
El Instituto Costarricense de Electricidad (ICE)
promovió una contratación para la adquisición
de “GT Actualización de los equipos y
herramientas marca NEMO para la medición”,
y la Junta de Adquisiciones ICE/Corporativa,
mediante el artículo 4 de la sesión n.° 575 del
06 de diciembre del 2022 acordó adjudicar
la contratación a SIMTEL CENTROAMÉRICA
SIMTELCA, SOCIEDAD ANÓNIMA. Este
acto confirma que la adjudicación se emitió
posterior a la entrada en vigencia de la Ley
General de Contratación Pública, por lo que
para la debida atención de una apelación
presentada a la CGR, correspondió determinar
la competencia de este órgano contralor,
armonizando las diferentes nomenclaturas de
los procedimientos y determinando el régimen
aplicable. De manera tal que se constata que
la contratación promovida corresponde a un
procedimiento de excepción, concretamente
una contratación directa por oferente único,
promovida por el ICE. Así las cosas, por tipo
de procedimiento, no logra equipararse al
procedimiento de la licitación mayor que rige
bajo el nuevo régimen normativo, por lo que
el recurso es inadmisible.
R-DCA-000002-2023 del 11 de enero de 2023
Supuestos para la interposición
de recursos de apelación ante la
Contraloría General
Los recursos de apelación que se interpongan
mediante un formulario que no sea el correcto
(apelación u objeción), se rechazan de plano.
Además, un procedimiento de contratación
promovido bajo la nomenclatura de la Ley
de Contratación Administrativa procede la
interposición de recurso de apelación ante la
Contraloría General cuando se cumplan dos
supuestos: el primero sería que se trate de una
licitación pública (en la medida que resulta el
procedimiento ordinario plenario equiparable a
la licitación mayor bajo la nueva Ley General de
Contratación Pública) y, segundo, que el acto
final alcance el monto del umbral respectivo
para licitación mayor.
En el caso analizado, considerando la fecha
de emisión del acto de adjudicación (para
determinar qué ley aplica en materia recursiva)
resulta de aplicación lo dispuesto en la Ley
General de Contratación Pública.
R-DCA-SICOP-00039-2023 del 13 de enero 2023
En recurso de apelación de procesos
nomenclatura anterior a la LGCP la
por el monto adjudicado
A partir del pasado 1 de diciembre de 2022,
la CGR únicamente conocerá la impugnación
contra el acto final de las licitaciones mayores.
En los casos de procesos de contratación
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