Resolución No. IN2015021125

Fecha de publicación16 Abril 2015
Número de registroIN2015021125
EmisorMINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

Resolución N° 0107-2015 DMG.—Despacho del Ministro.—San José, a las ocho horas del veinticinco de febrero del dos mil quince.

Considerando:

1º—Que mediante Acuerdo Presidencial N° 205-P de fecha 16 de febrero del 2015, publicado en el Alcance Digital N° 10 del Diario Oficial La Gaceta N° 36, del 20 de febrero del 2015, se nombró al Licenciado Luis Gustavo Mata Vega, cédula de identidad número 3-262-114, como Ministro de Seguridad Pública con recargo del Ministerio de Gobernación y Policía.

2º—Que el artículo 28 inciso 2) aparte a) de la Ley General de la Administración Pública, establece que el Ministro es el órgano jerárquico superior del respectivo Ministerio y le corresponde de manera exclusiva dirigir y coordinar todos los servicios del Ministerio.

3º—Que el artículo 84 de la Ley General de la Administración Pública indica que: “…Las competencias administrativas o su ejercicio podrán ser transferidas mediante: a) Delegación; …(b)…(c)…(d)…”.

4º—Que de conformidad con el numeral 89 inciso 2) de la Ley General de la Administración Pública, podrá darse la delegación no jerárquica de funciones por parte de un servidor público, para lo cual se requiere de otra norma expresa que lo autorice.

5º—Que de conformidad con el artículo 127 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, la determinación de los supuestos de prescindencia de los procedimientos ordinarios, es responsabilidad exclusiva del Jerarca de la Institución o del funcionario subordinado competente, el cual en la decisión inicial deberá hacer referencia a los estudios legales y técnicos en los que se acredita que en el caso concreto, se esté ante un supuesto de prescindencia de los procedimientos ordinarios.

6º—Que conviene a los fines y necesidades de la institución, la oportuna ejecución del presupuesto asignado, para lo cual se requiere agilizar los trámites relacionados con las contrataciones que deba gestionar cada programa, por ello es oportuno y necesario delegar lo indicado en el artículo 127 del citado Reglamento, en los jefes de los diferentes programas presupuestarios que pertenecen a esta Cartera Ministerial, por cuanto son ellos, por la inmediatez en la gestión, quienes mejor conocen de las necesidades de sus Unidades Administrativas.

7º—Que mediante resolución N° 176-2014 DMG de las 08:00 horas del 06 de junio del 2014, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 152 del 08 de agosto del 2014, se delegó la firma en los jefes de los Programas Presupuestarios N° 044, N° 048, N° 049 y N° 051, para los efectos de las atribuciones...

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