Se Resuelve Recurso de Reposición y Nulidad Concomitante Interpuesto por la Defensoría de los Habitantes de la República, contra la Resolución del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones
| Fecha | 19 Octubre 2017 |
| Número de registro | RCS-259-SUTEL-2017 |
| Tipo de documento | Resolución |
TEL.: +506 4000-0000
FAX: +506 2215-6821
800-88-SUTEL
800-88-78835
Apartado 151-1200
San José - Costa Rica
gestiondocumental@sutel.go.cr
8481-SUTEL-SCS-2017
Página 1 de 86
Resolución del Consejo
El suscrito, Secretario del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones, en ejercicio de las
competencias que le atribuye el inciso b) del artículo 50 de la Ley General de la Administración Pública, ley
6227, y el artículo 35 del Reglamento interno de organización y funciones de la Autoridad Reguladora de los
Servicios Públicos y su órgano desconcentrado, me permito comunicarle(s) que en sesión ordinaria N 073-
2017, celebrada el 13 de octubre del 2017, mediante acuerdo 009-073-2017, de las 10:30 horas, el Consejo
de la Superintendencia de Telecomunicaciones aprobó por unanimidad, la siguiente resolución:
RCS-259-2017
“SE RESUELVE RECURSO DE REPOSICIÓN Y NULIDAD CONCOMIT ANTE INTERPUESTO POR LA
DEFENSORÍA DE LOS HABITANTES DE LA REPÚBLICA, CONTRA LA RESOLUCIÓN
DEL CONSEJO DE LA SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES,
NÚMERO RCS-248-2017, DENOMINADA
“REVISIÓN DEL MERCADO DEL SERVICIO MINORISTA DE TELECOMUNICACIONES MÓVILES,
ANÁLISIS DEL GRADO DE COMPETENCIA EN DICHO MERCADO, DECLARATORIA
DEL OPERADOR Y/O OPERADORES IMPORTANTES E IMPOSICIÓN DE
OBLIGACIONES”
EXPEDIENTE GCO-DGM-MRE-01296-2017
RESULTANDO
1. Que mediante informe 05971-SUTEL-DGM-2017 del 21 de julio del 2017, la Dirección General de
Mercados emitió la “Propuesta de definición de los mercados relevantes asociados a los servicios
móviles, análisis del grado de competencia, determinación de los operadores y proveedores
importantes en dichos mercados e imposición de obligaciones a dichos operadores y proveedores”.
2. Que el 01 de agosto del 2017 mediante acuerdo 012-055-2017 de la sesión ordinaria 055-2017 del 21
de julio del 2017, el Consejo de la SUTEL, acordó: “a) dar por recibido el oficio 05971-SUTEL-DGM-
2017 del 21 de julio del 2017 correspondiente a la “Propuesta de definición de los mercados relevantes
asociados a los servicios móviles, análisis del grado de competencia, determinación de los operadores
y proveedores importantes en dichos mercados e imposición de obligaciones a dichos operadores y
proveedores.” b) Instruir a la coordinación del proceso para que se lleven a cabo las gestiones
necesarias en relación con la consulta pública relativa a la “Propuesta de definición de los mercados
relevantes asociados a los servicios móviles, análisis del grado de competencia, determinación de los
operadores y proveedores importantes en dichos mercados e imposición de obligaciones a dichos
operadores y proveedores” de conformidad con el artículo 12 de Reglamento de Acceso de
interconexión de redes de telecomunicaciones. La Publicación del aviso se realizará en el diario oficial
La Gaceta, mediante una invitación pública para quien lo desee, dentro del plazo de quince (15) días
hábiles siguientes a dicha publicación, exponga por escrito las razones de hecho y derecho que
considere pertinentes en relación con la consulta”.
3. Que por medio de La Gaceta No. 154 del 16 de agosto del 2017, la SUTEL cursó invitación al proceso
de consulta pública dispuesto en el artículo 12 del Reglamento de Acceso e interconexión de Redes
de Telecomunicaciones en torno a la definición de los mercados relevantes asociados a los servicios
móviles.
4. Que a través del oficio número DH-DAEC-0829-2017 del 17 de agosto del 2017 (NI-09464-2017)
recibido el mismo día, el señor Juan Manuel Cordero González en su condición de Defensor adjunto
de los Habitantes de la República, solicitó al Consejo de la SUTEL ampliar el plazo de la consulta
pública indicada en al menos 15 días adicionales al plazo establecido.
TEL.: +506 4000-0000
FAX: +506 2215-6821
800-88-SUTEL
800-88-78835
Apartado 151-1200
San José - Costa Rica
gestiondocumental@sutel.go.cr
8481-SUTEL-SCS-2017
Página 2 de 86
Resolución del Consejo
5. Que en fecha 23 de agosto de 2017 mediante acuerdo 009-061-2017 de la sesión ordinaria 061-2017
del 23 de agosto del 2017 el Consejo de la SUTEL, acordó: “1) Dar por recibido el oficio DH-DAEC-
0829-2017 (NI-09464-2017) de fecha 17 de agosto del 2017, de la Defensoría de los Habitantes,
mediante el cual solicitan que se prorrogue el plazo otorgado para la consulta pública en torno a la
definición preliminar del mercado relevante de telecomunicaciones móviles, cuya convocatoria fue
publicada en el diario oficial La Gaceta No. 154 del 16 de agosto del 2017. b) Trasladar la solicitud
mencionada en el numeral anterior, al equipo técnico de la Dirección General de Mercados, para que
valoren los argumentos de la Defensoría de los Habitantes y sometan los resultados de dicha
valoración al Consejo en una próxima sesión, tomando en cuenta que la SUTEL solicitó a la Defensoría
una audiencia para el 25 de agosto del 2017 y esa entidad solicitó trasladarla para el 1 de setiembre
del 2017”.
6. Que en fecha 1 de setiembre del 2017, un equipo técnico compuesto por funcionarios de la SUTEL,
se reunió con representantes de la Defensoría de los Habitantes para analizar temas relativos al
proceso de consulta pública del mercado de telecomunicaciones móviles, acordándose por los
presentes, lo siguiente:
a. Envío a la Defensoría de los Habitantes de un documento formal en el cual se indique la cantidad
de observaciones recibidas en torno al proceso de consulta pública por parte de la SUTEL, así
como de que ningún usuario o entidad ha solicitado la ampliación del período de consulta
estipulado en 15 días hábiles.
b. Remisión de la minuta de la reunión a la Defensoría de los Habitantes por parte de la SUTEL.
c. Convocar a la Defensoría de los Habitantes a reunión por parte de la SUTEL una vez que estén
listas las nuevas herramientas de información al usuario (visor, comparador de precios, APP) para
que la Dirección de Promoción y divulgación del ente defensor de los habilitantes pueda colaborar
en su difusión oportuna a los usuarios.
7. Que en fecha 05 de setiembre del 2017, mediante acuerdo 004-063-2017 de la sesión ordinaria 063-
2017 del 04 de setiembre del 2017, el Consejo de la SUTEL dictó lo siguiente: “a) que durante la audiencia
del 1 de setiembre del 2017, la Defensoría de los Habitantes indicó explícitamente como institución, que no
requería de más tiempo para realizar el estudio. b) Que a la fecha no se ha recibido ninguna solicitud de prórroga
por parte de alguna otra institución. c) Que al 5 de setiembre del 2017 se han recibido en total 10.391 posiciones
recopiladas lo que demuestra el suficiente tiempo que han tenido los usuarios para enviar sus consultas a las
cuales se les ha respondido: “Se acusa recibo. La SUTEL analizará y responderá adecuadamente su consulta.”
d) Que a esta fecha el plazo de la consulta aprobado mediante acuerdo 012-055-2017, de la sesión 055-2017,
celebrada el 21 de julio del 2017, se mantiene vigente. e) Que en consecuencia, este Consejo estima que el plazo
de 15 días hábiles otorgado para realizar la consulta del artículo 12 del Reglamento de Acceso e interconexión,
ya contiene una ampliación de 5 días h ábiles (la mitad del plazo establecido re glamentariamente) y, que este es
un plazo razonable toda vez que se trata de la consulta de un único mercado y no de un conjunto de ellos o de
todos los mercados que se revisaron, tal y como sucedió en la consulta anterior de mercados relevantes”.
8. Que en virtud de las anteriores consideraciones el Consejo de la SUTEL dispuso:
“(…)
1. Acoger la posición de la Defensoría de los Habitantes externada en la audiencia respecto a la no necesaria
extensión del plazo de la consulta relativa al mercado de telecomunicaciones móviles, análisis del grado de
competencia y según corresponda, determinación del operador y/o proveedor importante en dicho mercado e
imposición de obligaciones a dicho operador y/o proveedor y consecuentemente, rechazar la solicitud
planteada mediante oficio DH-DAEC-0829-2017 del 17 de agosto del 2017 para prorrogar el plazo antes
indicado.
2. Remitir a la Defensoría de los Habitantes copia de la minuta de la reunión celebrada el 1 de setiembre del
2017.
3. Acoger l a recomendación realizada en la audiencia de realizar un trabajo conjunto entre la Superintendencia
de Telecomunicaciones y la Defensoría de los Habitantes en la divulgación de nuevas herramientas de
información al usuario (visor, comparador de precios, APP).
TEL.: +506 4000-0000
FAX: +506 2215-6821
800-88-SUTEL
800-88-78835
Apartado 151-1200
San José - Costa Rica
gestiondocumental@sutel.go.cr
8481-SUTEL-SCS-2017
Página 3 de 86
Resolución del Consejo
4. Notificar en forma inmediata el presente acuerdo a la Defensoría de los Habitantes de la República de Costa
Rica”.
9. Que se recibieron múltiples observaciones en relación con la propuesta de definición de los mercados
relevantes asociados a los servicios móviles, mismas que fueron debidamente atendidas y analizadas
por este órgano regulador mediante oficio 7708-SUTEL-DGM-2017 denominado “Informe de atención
de observaciones presentadas en la consulta pública de la propuesta de definición de los mercados
relevantes asociados a los servicios móviles, análisis del grado de competencia, determinación de los
operadores y proveedores importantes en dichos mercados e imposición de obligaciones a dichos
operadores y proveedores”, que contempla el análisis de las distintas observaciones remitidas en el
marco del proceso de consulta pública. Dicho informe fue remitido al Consejo de la Sutel en fecha 14
de setiembre de 2017, por el equipo técnico a cargo de su análisis.
10. Que mediante acuerdo 004-067-2017 de las 17:45 horas, adoptado en la sesión ordinaria 67-2017
celebrada el 18 de setiembre del 2017, el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones por
unanimidad dictó la resolución RCS-248-2017 denominada “REVISIÓN DEL MERCADO DEL
SERVICIO MINORISTA DE TELECOMUNICACIONES MÓVILES, ANÁLISIS DEL GRADO DE
COMPETENCIA EN DICHO MERCADO, DECLARATORIA DEL OPERADOR Y/O OPERADORES
IMPORTANTES E IMPOSICIÓN DE OBLIGACIONES”.
11. Que en fecha 22 de setiembre de 2017, mediante correo electrónico institucional se notificó a la
Defensoría de los Habitantes la referida resolución RCS-248-2017 denominada “REVISIÓN DEL
MERCADO DEL SERVICIO MINORISTA DE TELECOMUNICACIONES MÓVILES, ANÁLISIS DEL
GRADO DE COMPETENCIA EN DICHO MERCADO, DECLARATORIA DEL OPERADOR Y/O
OPERADORES IMPORTANTES E IMPOSICIÓN DE OBLIGACIONES”.
12. Que por medio de La Gaceta No. 233 del 27 de setiembre del 2017, se publicó la resolución RCS-248-
2017 denominada “REVISIÓN DEL MERCADO DEL SERVICIO MINORISTA DE
TELECOMUNICACIONES MÓVILES, ANÁLISIS DEL GRADO DE COMPETENCIA EN DICHO
MERCADO, DECLARATORIA DEL OPERADOR Y/O OPERADORES IMPORTANTES E
IMPOSICIÓN DE OBLIGACIONES” dictada en la sesión ordinaria número 67-2017 celebrada por el
18 de setiembre de 2017.
13. Que en fecha 27 de setiembre de 2017, mediante documento con número de ingreso NI-11005-2017
(DH-DAEC-2017), la Defensoría de los Habitantes de la República, interpuso recurso de reposición y
nulidad concomitante contra la resolución del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones
número RCS-248-2017 denominada “REVISIÓN DEL MERCADO DEL SERVICIO MINORISTA DE
TELECOMUNICACIONES MÓVILES, ANÁLISIS DEL GRADO DE COMPETENCIA EN DICHO
MERCADO, DECLARATORIA DEL OPERADOR Y/O OPERADORES IMPORTANTES E
IMPOSICIÓN DE OBLIGACIONES” de la sesión ordinaria número 67-2017. celebrada por el 18 de
setiembre de 2017, publicada en La Gaceta No. 233 del 27 de setiembre del 2017.
14. Que de conformidad con el inciso 12) del artículo 36 del Reglamento interno de organización y
funciones de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos y su órgano desconcentrado,
corresponde a la Unidad Jurídica emitir el criterio jurídico para la atención de los recursos que deben
ser conocidos por el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones (en adelante Sutel).
15. Que mediante oficio N° 08207-SUTEL-UJ-2017 del 04 de octubre de 2017, la Unidad Jurídica de esta
Superintendencia rindió el criterio jurídico respectivo.
16. Que se han realizado las diligencias necesarias para el dictado de la presente resolución.
Para continuar leyendo
Comienza GratisAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.