SECCIÓN COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL Para ver las imagenes solo en La Gaceta con formato PDF

Fecha de publicación16 Junio 2020
Número de registroIN2020463842
EmisorRégimen Municipal

SECCIÓN COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL

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Los siguientes requisitos se establecen de acuerdo con el nuevo documento de Reformas a los Reglamentos de Desarrollo Urbano del Cantón de San José (RDU) Sección II Licencias Urbanísticas, publicado en el Alcance Digital N° 2 de La Gaceta N° 29 del 11 de febrero del 2014.

Requisitos: Los siguientes requisitos se utilizan para la mayoría de los trámites por lo que se le asignó un número a cada uno y el mismo se agrega a cada trámite según corresponda:

1. Solicitud respectiva (formulario debidamente lleno) firmada por el o los propietarios registrales y autenticada por un abogado si es presentada por un tercero.

2. Certificación de personería jurídica vigente, en caso de que el propietario sea persona jurídica. (Art. 103 y 104 del Código Procesal Civil N° 7130 16/08/1989).

3. El solicitante de la licencia debe estar al día en el pago de cuotas obrero-patronales ante la CCSS, si se encuentra registrado como patrono ante esa institución. (Art. 74 Ley constitutiva de la CCSS del 22/10/1943).

4. Fotocopia del plano catastrado, sin reducir y sin pegas, debidamente visado por el municipio. (Art. 33, 38 y 58 inciso 2 de la Ley de Planificación Urbana N° 4240 del 15/11/1968).

5. Comprobante de pago monto de ocupación espacio público. ¹

6. Para los inmuebles declarados Patrimonio Histórico-Arquitectónico o con expediente abierto debidamente

notificado a la MSJ, se debe contar con el Visto Bueno del Centro de Cultura y Patrimonio del MCJ. (Art. 9 inciso 9 Ley de Patrimonio Histórico Arquitectónico de Costa Rica N° 7555 del 04/10/1995).

7. Dos copias del croquis con el área pública a ocupar.

8. Dos copias del croquis del rótulo conteniendo su leyenda, materiales, cotas, dimensiones y sistema de iluminación, si lo incluyere, así como la ubicación exacta del rótulo en la edificación existente y el predio.

(RDU Reglamento de Publicidad exterior Art. 2.4).

Requisito según trámite cumplir con:

Ocupación espacio público: 1-2-3-4-5-7 (Art.8 Reglamento de espacios públicos, vialidad y transporte)

Publicidad Exterior (vallas. Rótulo, pantallas publicitarias, entre otros): 1-2-3-4-6-8. Se requiere V°B° por el MCJ conforme al Mapa de Zonas de Control Especial y Edificaciones Patrimoniales.

Instalación de casetas se seguridad y mecanismos de vigilancia para el acceso a barrios residenciales de la Municipalidad de San José (ver Reglamento para la Instalación de casetas se seguridad y mecanismos de vigilancia para el acceso a barrios residenciales de la Municipalidad de San José publicado en La Gaceta Nº 217 del 09 de noviembre del 2012). (Escrito Concejo Municipal).

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