Sentencia Nº 000129-TC-2021 de Tribunal de Casación Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, 07-07-2021

Número de sentencia000129-TC-2021
Fecha07 Julio 2021
Número de expediente16-001345-1028-CA
EmisorTribunal de Casación Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda
Revisión del Documento

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Exp: 16-001345-1028-CA

Res. 000129-TC-2021

TRIBUNAL DE CASACIÓN DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y CIVIL DE HACIENDA. S.J.é, a las trece horas minutos del siete de julio de dos mil veintiuno.

En el proceso de conocimiento establecido por LUIS ALONSO GONZÁLEZ ARCE, con el patrocinio letrado del Licenciado M.A.S.ánchez H.ández; contra el ESTADO, representado por la Procuradora Ana Lorena Pérez M., contra K.G.M. y O.S. RAMÍREZ, ambas con el patrocinio letrado del Licenciado Rafael Ángel V.A.. El actor plantea Recurso de Casación contra la Sentencia N° 29-2019-VII de las 11 horas del 29 de marzo de 2019, dictada por la Sección Sétima del Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda; y,

CONSIDERANDO

ÚNICO. De conformidad con lo preceptuado en el artículo 135 inciso d) del Código Procesal Contencioso Administrativo (en adelante CPCA), corresponderá a la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia conocer y resolver los recursos de casación, cuando la conducta objeto del proceso emane de los ministerios y sus órganos desconcentrados. En el caso particular, la parte demandada interpone recurso de casación por cuanto los Juzgadores de primera instancia, declararon sin lugar la demanda, en la que solicitó el pago de indemnización por concepto de daños (material y moral subjetivo), debido a que fue nombrado en un puesto del Ministerio de Salud (Estado), lo que lo llevó a renunciar a su trabajo para laborar en ese nuevo empleo, pero, posteriormente le fue denegado dicho nombramiento. El presente asunto no está contemplado en ninguno de los supuestos establecidos en los artículos 136 inciso 2) del CPCA, 94 bis inciso 2) de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 51 inciso 1) del Reglamento de Organización y Servicio de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y Civil de Hacienda que regulan los recursos de casación que deben ser conocidos por este Tribunal de Casación; por lo que al tratarse de una demanda contra el Ministerio de Salud (Estado), le corresponde a la Sala Primera conocer y resolver el recurso de casación planteado por el actor. En consecuencia, remítase el expediente a la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia para lo que corresponda.

POR TANTO

Pase a la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia para lo que corresponda.

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I.R. ROJAS MORALES - MAGISTRADO/A

EXP: 16-001345-1028-CA

Teléfonos: (506) 2295-3658 o 2295-3659, correo electrónico sala_primera@poder-judicial.go.cr

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