Sentencia de Tribunal de Apelación de Trabajo del I Circuito Judicial de San José, 16-03-2021

Número de sentencia000325-2021
Número de expediente19-002155-0173-LA
Fecha16 Marzo 2021
EmisorTribunal de Apelación de Trabajo del I Circuito Judicial de San José
Tipo de procesoOR.S.PUB. EMPLEO PUBLICO
*190021550173LA*
EXPEDIENTE:
19-002155-0173-LA
PROCESO:
OR.S.PUB. EMPLEO PUBLICO
ACTOR/A:
[Nombre 001]
DEMANDADO/A:
EL ESTADO

SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA No. 000325-2021
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE TRABAJO DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ, SECCIÓN PRIMERA, a las ocho horas treinta minutos del dieciséis de marzo de dos mil veintiuno.-
Proceso ordinario laboral del sector público, establecido por el señor [Nombre 001], [...] , contra del ESTADO, representado por la Procuradora Adjunta Angie Lucía Azofeifa Rojas. Interviene el licenciado H.S.J. como apoderado especial judicial de la actora.
Redacta la jueza, R.C.;
PARTE CONSIDERATIVA:
PRIMERO: Síntesis de las pretensiones: Señaló el apoderado de la parte actora que el accionante laboraba como Profesor de Biología con 30 lecciones en propiedad en el Liceo [...] , 10 lecciones en propiedad en el [...] y 8 lecciones interinas, 6 de ellas en el [...] y 2 en el [...]. Por razones de salud, desde el año 2018 se le reubicó temporalmente en la oficina del [...], en funciones administrativas. Sin embargo, desde el 1° de febrero del 2019, se le suprimió el recargo de 8 lecciones con el argumento de que permanece en condición de reubicado. Por ello, solicitó que se condene al Estado a restituirle de forma inmediata el pago de las 8 lecciones interinas; el pago de diferencias salariales de las 8 lecciones interinas desde el 1° de febrero del 2019 y hasta la fecha efectiva de pago cancelarle las 8 lecciones interinas mientras se mantenga la condición de reubicado, así como las diferencias en aguinaldo y salario escolar, más los respectivos intereses; ambas costas (ver demanda en imágenes 2 a 6 del expediente electrónico descargado completo en PDF en orden descendente).
SEGUNDO: Oposición a la demanda: La representación estatal contestó negativamente y opuso la excepción de falta de derecho (imágenes 28 a 55).
TERCERO: El Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, en sentencia No. 2020001751 de las nueve horas y cincuenta y uno minutos del día veintitrés de octubre del año dos mil veinte, resolvió el asunto así: " POR TANTO: Por las razones expuestas y de conformidad con las citas legales invocadas, se declara SIN LUGAR la demanda interpuesta por [Nombre 001], [...], contra del ESTADO (MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA) , representado por la Procuradora Adjunta Angie Lucía Azofeifa Rojas. Se acoge la excepción de falta de derecho opuesta por la representación estatal. Se resuelve sin especial condenatoria en costas. Por lo aquí resuelto, se deniega la excepción de falta de derecho. Se advierte a las partes lo dispuesto en el artículo 590 del Código de Trabajo en cuanto a los recursos que pueden ser interpuestos, así como su plazo según el numeral 586 del mismo cuerpo legal. M.Sc. A.P.M.M., jueza."
CUARTO: La sentencia la recurren ambas partes, la parte demandada en escrito presentado el 23 de octubre del 2020 a las 13:51:35 horas y la parte actora, en escrito presentado el día 27 de octubre del año 2020 a las 10:08:11 horas.
QUINTO: SOBRE EL RECURSO: Considera este tribunal, que el recurso no puede ser conocido por...

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