Sentencia de Tribunal de Apelación de Trabajo del I Circuito Judicial de San José, 26-01-2021
Número de sentencia | 00099-2021 |
Número de expediente | 20-000413-0173-LA |
Fecha | 26 Enero 2021 |
Emisor | Tribunal de Apelación de Trabajo del I Circuito Judicial de San José |
Tipo de proceso | OR.S.PUB. EMPLEO PUBLICO |
*200004130173LA*
EXPEDIENTE:
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20-000413-0173-LA
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PROCESO:
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OR.S.PUB. EMPLEO PUBLICO
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ACTOR/A:
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[Nombre 001]
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DEMANDADO/A:
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MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
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SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA No. 00099-2021
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE TRABAJO DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ, SECCIÓN
PRIMERA, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de enero de dos mil veintiuno.-
Proceso
ORDINARIO LABORAL establecido por
[Nombre 001], [...]
, contra el ESTADO
representado por la M.Sc. A.V.M.C., quien es mayor de edad, soltera, abogada
portadora de la cédula de
identidad número uno - mil ocho - quinientos cincuenta y siete y vecina de San José, en su condición de
Procuradora A, según Acuerdo del Ministerio de Justicia AMJP-234-09-2017 de fecha 13 de setiembre
del 2017 publicado en la Gaceta N°237 del 14 de diciembre del mismo año. Interviene la Licenciada
J.C.M., quien es mayor de edad, casada, abogada, portadora de la cédula de identidad
número uno - mil cuatrocientos ochenta y cuatro - ciento once y vecina de Heredia, en su condición de
Apoderada Especial Judicial de la parte actora.-
Redacta la jueza, R.C.;
PARTE CONSIDERATIVA:
PRIMERO: SÃÂntesis de las pretensiones:
Con base a los hechos expuestos en la demanda, solicita la
actora que en sentencia se declare con lugar la demanda en los siguientes extremos: "1) Pagar todas las
diferencias salariales adeudadas de manera indexada desde la fecha en que se haya hecho el último
ajuste por concepto de Carrera Profesional y hasta la fecha de su efectivo pago, incluyendo
diferencias que puedan generarse en aguinaldo, salario escolar y vacaciones. 2) Actualizar el
puntaje de carrera profesional conforme a sus atestados académicos, capacitaciones y experiencia
laboral. 3) Pagar intereses legales por las sumas adeudadas. 4) Pagar costas personales (honorarios
profesionales) y procesales de la presente acción"
SEGUNDO: Oposición a la demanda:
La parte demandada, debidamente notificada, contestó la
demanda según documento agregado al escritorio virtual a las 16:38:36 pm del 13/03/2020, sin oponer
excepciones.
TERCERO: El Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, en
sentencia No. 2020001389 de las diecisiete horas y seis minutos del dÃÂa veinticinco de agosto del año
dos mil veinte, resolvió el asunto asÃÂ: "
POR TANTO: Con...
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