Sentencia de Tribunal de Apelación de Trabajo del II Circuito Judicial de San José, 21-10-2021

Número de sentencia1226-2021.
Fecha21 Octubre 2021
Número de expediente18-001789-0173-LA
EmisorTribunal de Apelación de Trabajo del II Circuito Judicial de San José
*180017890173LA*
Expediente:
18-001789-0173-LA
Proceso:
Ordinario Sector Privado. Prestaciones L..
Actor:
[Nombre 001].
Demandado:
Caja Costarricense de Seguro Social.
AUTO SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA
N° 1226-2021. TRIBUNAL DE APELACIÓN DE TRABAJO II CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ. SECCIÓN SEGUNDA, a las a las ocho horas veinte minutos del veintiuno de octubre de dos mil veintiuno.
Examinados los autos, y;
R.l.J......S.G.; y,
PARTE CONSIDERATIVA:
I.- SOBRE LA COMPETENCIA: Este Tribunal tiene competencia para resolver la presente impugnación, por cuanto, en sesión de Corte Plena N° 73-2020, celebrada el 14 de diciembre de 2020, bajo artículo XII, por mayoría, se acogió la solicitud de la Comisión de la Jurisdicción Laboral, en el sentido de extender la competencia del Tribunal de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José para conocer asuntos como superior en grado de las apelaciones provenientes de los diferentes despachos judiciales laborales del país, razones por las cuales, las suscritas juezas, procedemos a resolver este asunto. Lo anterior, con la finalidad de coadyuvar para brindar un mejor servicio en los despachos que se considere necesario.
II.- Revisada la petitoria de la demanda tenemos que estamos en presencia de un asunto donde se reclama discriminación por género y además de cuantía inestimable, dado que la actora solicitó:
" Que se me reconozca la reasignación de plaza que he venido solicitando y que en ningún momento han llegado a estudiar las verdaderas funciones que yo desarrollo en mi plaza, tal y como se demuestra con las declaraciones juradas que mi jefe inmediato a realizado y que se integran con esta acción. Que se tomen en cuenta las funciones que yo desarrollo como APOYO ADMINISTRATIVO las que se han demostrado con la autorización de claves personales, dada por la misma Institución. Que por lo menos se me equipare a plaza superior, ya que yo realizado funciones superiores y de mayor responsabilidad que las que realizan los "hombres" en la plaza número 41475 de profesional 2. Por lo anterior, es que se ordene la discriminación que se lleva a cabo en mi contra, además del trato desigual, al no integrar mi plaza en el correspondiente escalafón de funciones de acuerdo a los manuales operativos y los estudios técnicos en donde es muy diferentes las funciones que yo desarrollo y las descritas en el manual de la plaza que tengo." (ver escrito de demanda en imágenes 2 a 11 del expediente electrónico completo).
De acuerdo con lo transcrito la parte actora pretende se reasigne su plaza en una de superior categoría (profesional 2), a la que no ha podido acceder por haber sido objeto de discriminación por género, solicitud que a criterio de las suscritas es de cuantía inestimable, ya que no es susceptible de estimación económica.
III.- Con sustento en el anterior análisis, se concluye que la Sentencia número 2021000041, de...

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