Sentencia de Tribunal de Apelación de Trabajo del I Circuito Judicial de San José, 17-09-2020

Número de sentencia15-2020
Fecha17 Septiembre 2020
Número de expediente19-000069-1178-LA
EmisorTribunal de Apelación de Trabajo del I Circuito Judicial de San José
Tipo de procesoOR.S.PUB. EMPLEO PUBLICO
*190000691178LA*
EXPEDIENTE:
19-000069-1178-LA
PROCESO:
OR.S.PUB. EMPLEO PUBLICO
ACTOR/A:
[Nombre 001]
DEMANDADO/A:
ESTADO
Sentencia de Segunda Instancia
N.°1017
Tribunal de Apelaciones, Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, a las diez horas del diecisiete de setiembre de dos mil veinte.
Proceso Ordinario Laboral promovido por [Nombre 001], [...] contra El Estado representado por la Msc. Irene Bolaños Salas, mayor, casada, abogada, vecina de Cartago y portadora de la cédula de identidad número uno-cero novecientos setenta y cinco-cero ciento treinta y siete en su condición de P.A.F. como apoderado especial judicial de la parte actora el Lic. C.C.M., mayor, casado, abogado y notario, vecino de San Isidro de El General y portador de la cédula de identidad número uno-novecientos treinta-ochocientos diecinueve.
Redacta integrante V.S.;
Considerando
I. Antecedentes: A.- Con base a los hechos expuestos en la demanda presentada el 14 de enero del 2019, solicita la actora que en sentencia se condene a la parte demandada a los siguientes extremos: "- se condene a la parte demandada al pago de las vacaciones no disfrutadas, cuyo monto se liquida en el equivalente del salario de la actora al período de tiempo de vacaciones no disfrutado oportunamente; - se condene a la parte demandada al pago de los intereses de las sumas otorgas desde el día 15 de diciembre de 2016 y hasta el efectivo pago del principal; - se condene a la parte demandada al pago de ambas costas de este proceso, fijando las costas personales en el veinte por ciento del monto que se liquide por el total de los extremos concedidos, incluyendo los intereses legales.".
B.- La parte demandada, debidamente notificada, contestó la demanda mediante escrito presentado en fecha 11 de febrero del año 2019 (imagen 35 a 55 del expediente completo), e interpuso la excepción de falta de derecho y solicitó que se acoja la excepción interpuesta y se declare sin lugar la demanda en todos los extremos, con la condenatoria en costas a la parte actora con sus respectivos intereses.
C.- La sentencia de primera instancia número 2020000601 de las veintitrés horas catorce minutos del treinta de marzo de dos mil veinte resolvió lo siguiente: “POR TANTO: De conformidad con las razones de hecho y derecho antes expuestas, se rechaza la excepción de falta de...

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