Sentencia de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil II Circuito Judicial de San José, 24-10-2019

Número de sentencia2014-527
Fecha24 Octubre 2019
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil II Circuito Judicial de San José
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL


Resolución : 2019-0305
Expediente : 16-000050-0952-PJ (5)

TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL JUVENIL. SECCIÓN PRIMERA, Segundo Circuito Judicial de San José. G., a las catorce horas del veinticuatro de octubre de dos mil diecinueve.
RECURSO interpuesto en la presente causa seguida contra [Nombre 001]. , [...]; por el delito de ROBO AGRAVADO, en perjuicio de [Nombre 002]. Intervienen en la decisión del recurso, las juezas F.C.Z., Cindy Fumero Molina y el juez V.O.J.. Se apersonaron en esta sede las licenciadas D.V.P. en calidad de defensora pública del joven encartado y F.S.P., en representación del Ministerio Público.
RESULTANDO:
I.- Que mediante sentencia número 190-2019, de las doce horas veintitrés del veintiocho de agosto de dos mil diecinueve, el Juzgado Penal Juvenil de San José, resolvió: "POR TANTO: En conformidad con lo expuesto, artículos 39 y 41 de la Constitución Política, 8 inciso 1) y 11 de la Convención Americana de los Derechos Humanos, artículo 9 inciso 2 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, artículo 40 de la Convención sobre los Derechos del Niño, Reglas mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de la Justicia de Menores (Reglas de Beijing), artículos 1, 21, 22, 213 inciso 3, en relación con el artículo 209 inciso 7, del Código Penal, artículos 22, 76, 258, siguientes y concordantes del Código Procesal Penal, 1 al 26, 29, 44, 45, 58, 68, 69, 100 al 108, del 121 inciso 3, 122, 123 y 131 de la Ley de Justicia Penal Juvenil número 7576. SE DECLARA al imputado [Nombre 001]., responsable de un delito de ROBO AGRAVADO que se le venía atribuyendo en perjuicio de [Nombre 002] , y como tal, se le impone como sanción: UN AÑO Y SEIS MESES DE INTERNAMIENTO DIRECTO EN CENTRO ESPECIALIZADO. Una vez firme el presente pronunciamiento, remítase el resumen correspondiente al Instituto Nacional de Criminología y al Juzgado de Ejecución de la Pena para lo de su cargo. Son las costas a cargo del Estado. NOTIFÃ

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR