Sentencia Nº 2018-252 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil II Circuito Judicial de San José, 10-09-2018
Número de sentencia | 2018-252 |
Número de expediente | 17-004642-0042-PJ |
Fecha | 10 Septiembre 2018 |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil II Circuito Judicial de San José |
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL JUVENIL
Resolución: 2018-252
Expediente: 17-004642-0042-PJ
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL JUVENIL.
Segundo Circuito Judicial de San José. G., a las diez horas treinta
minutos del diez de setiembre de dos mil dieciocho.
RECURSO DE APELACIÓN
interpuesto en la presente causa seguida
contra [Nombre 001]., [...], por el delito de HOMICIDIO SIMPLE EN ESTADO DE
TENTATIVA, en perjuicio de [Nombre 002]. Intervienen en la decisión del recurso
los jueces A.G.C., W.F.F. y MarÃÂa
Gabriela RodrÃÂguez Morales. Se apersonaron en esta sede, la licenciada Giannina
Ruiz SolÃÂs en calidad de defensora pública del menor encartado y Natalia Mayorga
Angulo representante del Ministerio Público.
RESULTANDO:
I.- Que mediante sentencia número 141-2018 de las diez horas con ocho
minutos del veintiocho de junio de dos mil dieciocho, el Juzgado Penal Juvenil de
San José, resolvió: "POR TANTO:
De conformidad con lo expuesto, artÃÂculos 39
y 41 de la Constitución PolÃÂtica, artÃÂculo 11 de la Declaración Universal de
Derechos Humanos, artÃÂculos 8 y 9 de la Convención Americana sobre Derechos
Humanos, artÃÂculos 14 y 15 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y
PolÃÂticos, artÃÂculo 40 de la Convención sobre los Derechos del Niño, Reglas
MÃÂnimas de las Naciones Unidas para la Administración de la Justicia de
Menores (Reglas de Beijing), 1, 21, 24, 30, 31, 45, 75, 111 Código Penal,
artÃÂculos 1, 9, 16, 142, 258, 266, 267, 268, 341, 373, 466 y siguientes del Código
Procesal Penal, 1 al 26, 29, 44, 45, 58, 59, 68, 69, 100 al 108, 121, 122, 124 y
131 de la Ley de Justicia Penal Juvenil de la Ley de Justicia Penal Juvenil, se
fija al joven [Nombre 001]. como sanción al ser encontrado autor responsable de
un delito de HOMICIDIO SIMPLE EN GRADO DE TENTATIVA en perjuicio de
[Nombre 002] la sanción Privativa de Libertad de INTERNAMIENTO DIRECTO
EN CENTRO ESPECIALIZADO, fijándose como
único plazo el de DOS AÑOS Y SEIS MESES
. Una vez firme la presente
sentencia remÃÂtase para su ejecución el expediente al Juzgado de Ejecución de
Sanciones Penales Juveniles y hágase llegar una copia de la misma con su
minuta correspondiente a la Dirección General de Adaptación Social del
Ministerio de Justicia y Gracia para lo de su cargo. Son las costas procesales a
cargo del Estado. NOTIFÃ
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