Sentencia Nº 2018-288 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil II Circuito Judicial de San José, 12-10-2018

Número de sentencia2018-288
Fecha12 Octubre 2018
Número de expediente17-000021-1405-PJ
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil II Circuito Judicial de San José

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL JUVENIL

Resolución: 2018-288
Expediente: 17-000021-1405-PJ (1)


TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL JUVENIL Segundo Circuito Judicial de San José. G., a las trece horas cincuenta y cinco minutos del doce de octubre de dos mil dieciocho.
RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en la presente causa seguida contra [Nombre 001]., [...], por el delito de ROBO SIMPLE CON VIOLENCIA SOBRE LAS PERSONAS en perjuicio de [Nombre 003 001].. Intervienen en la decisión del recurso la jueza F.C.Z., los jueces Jorge A. Camacho Morales y G.A.J.M.. Se apersonaron en esta sede, el licenciado L.B.E., en calidad de defensor público del menor encartado y el licenciado A.B.M., representante del Ministerio Público.
RESULTANDO:
I.- Que mediante sentencia número 95-2018 de las once horas treinta y nueve minutos del treinta y uno de agosto de dos mil dieciocho, el Juzgado Penal Juvenil de Corredores, resolvió: "POR TANTO: De conformidad con lo expuesto artículos 39 y 41 de la Constitución Política, artículo 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, artículos 8 y 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, artículos 14 y 15 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, artículo 40 de la Convención sobre los Derechos del Niño Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de la Justicia de Menores (Reglas de Beijing), artículos 105, 107 inciso e) del Código de la Niñez y la Adolescencia, artículos 1, 30, 31, 45, y 212 inciso 1) del Código Penal artículos 1 al 15, 265, 266, 341 al 367 del Código Procesal Penal, 1 al 27, 100 al 108, 121 a 123, 125, 126, 128 y 132 de la Ley de Justicia Penal Juvenil, se declara a [Nombre 001]., como autor responsable de un delito de ROBO SIMPLE CON VIOLENCIA SOBRE LAS PERSONAS, en perjuicio de [Nombre 003], y por tal delincuencia se le impone: COMO ÚNICA SANCIÓN UN AÑO DE INTERNAMIENTO EN CENTRO ESPECIALIZADO. Por otra parte se absuelve de toda sanción y responsabilidad a [Nombre 001]., por dos delitos de DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD cada uno acusado en concurso ideal con un delito de HURTO AGRAVADO, en perjuicio de LA AUTORIDAD PÚBLICA Y [Nombre 005]. Una vez firme la presente sentencia remítase para su ejecución el expediente al Juzgado de Ejecución de Sanciones Penales Juveniles con sede en San José, y...

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