Sentencia Nº 2018-292 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil II Circuito Judicial de San José, 19-10-2018

Número de sentencia2018-292
Fecha19 Octubre 2018
Número de expediente17-013249-0042-PJ
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil II Circuito Judicial de San José

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL JUVENIL

Resolución: 2018-292
Expediente: 17-013249-0042-PJ (5)


TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL JUVENIL Segundo Circuito Judicial de San José. G., a las diez horas cuarenta minutos del diecinueve de octubre de dos mil dieciocho.
RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en la presente causa seguida contra [Nombre 001]., [...], [Nombre 012]. , [...], por el delito de ABUSO SEXUAL CONTRA MENOR DE EDAD en perjuicio de [Nombre 005]. Intervienen en la decisión del recurso la jueza Flory Chaves Zárate, los jueces J.A.C.M. y G.A.J.M.. Se apersonaron en esta sede, la licenciada M.I.A., en calidad de defensora pública de los menores encartados y la licenciada Suhelen Brenes García, representante del Ministerio Público.
RESULTANDO:
I.- Que mediante sentencia número 183-2018 de las dieciséis horas treinta y seis minutos del veintitrés de agosto de dos mi dieciocho, el Juzgado Penal Juvenil de San José, resolvió: "POR TANTO: De conformidad con lo expuesto, artículos 36 y 39 de la Constitución Política, 1, 11, 16, 30, 45, 71 al 74, 161, siguientes y concordantes del Código Penal, 1, 2, 4, 7 al 10, 12 al 16, 18, 20 al 29, 44, 45, 54 68, 100 al 108, 121 al 123, y 131 inciso 1) de la Ley de Justicia Penal Juvenil, 1 2, 324, 326, 341, siguientes y concordantes del Código Procesal Penal, se declara a cada una de las personas acusadas [Nombre 001]. y [Nombre 012] Autores responsable de un delito de Abuso Sexual contra persona menor de edad en daño de [Nombre 005], y por ello se le impone al acusado [Nombre 001]. la sanción alternativa de cumplimiento prioritario de Libertad Asistida por el plazo de UN AÑO, en el cuales deberá asistir a la terapia integral del Programa de Sanciones Alternativas de la Dirección General de Adaptación Social, en sus tres fases y con énfasis en el eje de atención a la sexualidad. Asimismo y en forma simultánea durante el mismo plazo de un año de la sanción de libertad asistida se le imponen las siguientes medidas de orientación y supervisión: a) El joven [Nombre 001]. deberá mantener su domicilio actual, y de cambiar dicho domicilio deberá comunicarlo en el plazo de un mes al Juzgado de Ejecución de las Sanciones Penales Juveniles y al Programa de Sanciones Alternativas de la Dirección General de Adaptación Social. B) El acusado [Nombre 001]. ...

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