Sentencia Nº 2018-292 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil II Circuito Judicial de San José, 19-10-2018
Número de sentencia | 2018-292 |
Fecha | 19 Octubre 2018 |
Número de expediente | 17-013249-0042-PJ |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil II Circuito Judicial de San José |
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL JUVENIL
Resolución: 2018-292
Expediente: 17-013249-0042-PJ (5)
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL JUVENIL
Segundo Circuito Judicial de San José. G., a las diez horas cuarenta
minutos del diecinueve de octubre de dos mil dieciocho.
RECURSO DE APELACIÓN
interpuesto en la presente causa seguida
contra [Nombre 001]., [...], [Nombre 012]. , [...], por el delito de ABUSO SEXUAL
CONTRA MENOR DE EDAD en perjuicio de [Nombre 005]. Intervienen en la
decisión del recurso la jueza Flory Chaves
Zárate, los jueces J.A.C.M. y G.A.J.M.. Se
apersonaron en esta sede, la licenciada M.I.A., en calidad de
defensora pública de los menores encartados y la licenciada Suhelen Brenes
GarcÃÂa, representante del Ministerio Público.
RESULTANDO:
I.- Que mediante sentencia número 183-2018 de las dieciséis horas treinta y
seis minutos del veintitrés de agosto de dos mi dieciocho, el Juzgado Penal Juvenil
de San José, resolvió: "POR TANTO:
De conformidad con lo expuesto, artÃÂculos
36 y 39 de la Constitución PolÃÂtica, 1, 11, 16, 30, 45, 71 al 74, 161, siguientes y
concordantes del Código Penal, 1, 2, 4, 7 al 10, 12 al 16, 18, 20 al 29, 44, 45, 54
68, 100 al 108, 121 al 123, y 131 inciso 1) de la Ley de Justicia Penal Juvenil, 1
2, 324, 326, 341, siguientes y concordantes del Código Procesal Penal, se
declara a cada una de las personas acusadas [Nombre 001]. y [Nombre 012]
Autores responsable de un delito de Abuso Sexual contra persona menor de
edad en
daño de [Nombre 005], y por ello
se le impone al acusado
[Nombre 001]. la
sanción alternativa de cumplimiento prioritario de Libertad Asistida por el plazo
de UN AÑO, en el cuales deberá asistir a la terapia integral del Programa de
Sanciones Alternativas de la Dirección General de Adaptación Social, en sus tres
fases y con énfasis en el eje de atención a la sexualidad. Asimismo y en forma
simultánea durante el mismo plazo de un año de la sanción de libertad asistida
se le imponen las siguientes medidas de orientación y supervisión: a) El joven
[Nombre 001]. deberá mantener su domicilio actual, y de cambiar dicho domicilio
deberá comunicarlo en el plazo de un mes al Juzgado de Ejecución de las
Sanciones Penales Juveniles y al Programa de Sanciones Alternativas de la
Dirección General de Adaptación Social. B) El acusado [Nombre 001].
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