Sentencia Nº 2018-509 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, 31-10-2018
Número de sentencia | 2018-509 |
Número de expediente | 17-000059-1262-PE |
Fecha | 31 Octubre 2018 |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago |
1
*170000591262PE*
Expediente: 17-000059-1262-PE
Contra: Johel Francisco M.G.
Delito: H. agravado
Persona ofendida: [Nombre 001]
Res: 2018-509
Exp: 17-000059-1262-PE
Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, sección
Primera. A las nueve horas cincuenta y cuatro minutos del treinta y uno
de octubre de dos mil dieciocho.
Recurso de apelación
interpuesto en la presente causa seguida
contra J.F.M.G., mayor, nacido el veinte de
agosto de mil novecientos ochenta y cuatro, con cédula de identidad
número uno - mil doscientos catorce - cuatrocientos ochenta y tres, por el
delito de H. agravado, en perjuicio de [Nombre 001]. Intervienen en la
decisión del recurso los jueces C.F.M
R.O.S. y la jueza I.C.C.. Se
apersonaron en apelación los licenciados A.C.C. en
calidad de defensor público del imputado y Jorge Aurelio González
Vásquez, representante del Ministerio Público.
Resultando:
1. Que mediante sentencia número 289-2018 de las quince horas
treinta y nueve minutos del diez de agosto de dos mil dieciocho, el
Tribunal Penal del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores
resolvió: "POR TANTO:
Por las razones expuestas, no se concede al
sentenciado J.F.M.G. (sic) el beneficio de
ejecución condicional de la pena. Al dictarse la sentencia de forma oral,
los fundamentos de hecho y derecho quedan respaldados; y las partes
quedan notificadas con la emisión de la sentencia"
2.
Que contra el anterior pronunciamiento, el licenciado Alejandro
Calderón Chacón interpuso el recurso de apelación.
3.
Que verificada la deliberación respectiva de conformidad con lo
dispuesto por el artÃÂculo 466 del Código Procesal Penal, reformado por Ley
8837 publicada el nueve de diciembre de dos mil once (Creación de
Recurso de Apelación de la Sentencia), el Tribunal se planteó las
cuestiones formuladas en el recurso.
4
. Que en los procedimientos se han observado las prescripciones
legales pertinentes.
Redacta el Juez
Fernández Mora, y;
Considerando:
I.- Por cumplir con los requisitos legales, se admite para su estudio de fondo el recurso de apelación de sentencia incoado por el licenciado A.C.C., en su condición de defensor público del imputado, al haber sido presentado en tiempo, por una persona legitimada dentro del proceso y porque del libelo impugnaticio resulta posible comprender los motivos alegados, en atención a la revisión integral del...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba