Sentencia Nº 2019-00052 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal, III Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 29-01-2019
Número de sentencia | 2019-00052 |
Número de resolución | 2019-00052 |
Número de expediente | 11-000988-065-PE |
Fecha | 29 Enero 2019 |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal, III Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón (Costa Rica) |
PODER
JUDICIAL
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA DEL TERCER CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA, SAN
RAMÓN
Tel: 2456-9069
tapelacion-sra@poder-judicial.go.cr
Fax: 24569029
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Exp: 11-000988-065-PE
Res: 2019-00052
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA DEL TERCER CIRCUITO
JUDICIAL DE ALAJUELA, SECCIÓN SEGUNDA. S.R., a las catorce
horas cuarenta y cinco minutos ( 02:45 p.m.) del veintinueve de enero de dos mil
diecinueve.
RECURSO DE APELACIÓN DE SENTENCIA interpuesto en la presente
causa seguida contra C.A.R.V., mayor
costarricense, cédula de identidad número 1-833-691, por un delito de HOMICIDIO
CULPOSO en perjuicio de [Nombre 001]. Intervienen en la decisión del recurso, los
jueces J.L.M.G., MartÃÂn Alfonso
RodrÃÂguez Miranda y la Jueza [Nombre 006].R.
. Se apersonan en
apelación de sentencia, la licenciada [Nombre 006] P.C., en condición
de apoderada especial judicial del demandado civil Transporte CHILSACA S.A., el
licenciado J.C.B.. en calidad de apoderado especial judicial de la
actora civil y querellante, y el licenciado C.M.V.A., en condición
de defensor particular del imputado C.A.R.V..
RESULTANDO:
I.- Que mediante sentencia número
700-2017 de las diecisiete horas con
veintidós minutos del veintidós de septiembre del año dos mil diecisiete, el Tribunal
de Juicio de Alajuela, S.C., resolvió: "POR TANTO:
De conformidad con lo
expuesto, artÃÂculos 35, 39 y 41 de la Constitución PolÃÂtica, 11 de la Declaración
Universal de los Derechos Humanos, 8, 9 y 19 de la Convención Americana de
Derechos Humanos, 1 al 6, 12 al 13, 142, 181, 182, 184, 265 al 270, 360, 361
363 al 368 del Código Procesal Penal, 1, 22, 24, 31, 45, 50, 71, 73, 74, 76, 117
del Código Penal, 1045 Código Civil, 122, 123, 124 y 126 del Código Penal de
1941, que son reglas vigentes sobre responsabilidad civil según Ley número
4891 del 8 de noviembre de 1971, artÃÂculo 16 del Decreto de Honorarios número
36562-JP del 31 de enero del 2011, este Tribunal colegiado resuelve: Se admite
como prueba para mejor resolver la certificación emitida por el INS, número
SOA:2017-Q-2308, además, en virtud de que el sentenciado fue hallado
responsable de un delito de Homicidio Culposo, en perjuicio de [Nombre 001], lo
cual quedó firme, por unanimidad se dispone imponer a
CARLOS ALBERTO
REYES VALVERDE, la pena de un año de
prisión. Pena que deberá descontar en el lugar y forma que determinen la ley y
los reglamentos carcelarios...
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