Sentencia Nº 2019-00076 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal, III Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 05-02-2019
Número de sentencia | 2019-00076 |
Número de expediente | 13-003208-0305-PE |
Fecha | 05 Febrero 2019 |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal, III Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón (Costa Rica) |
PODER
JUDICIAL
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA DEL TERCER CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA, SAN
RAMÓN
Tel: 2456-9069
tapelacion-sra@poder-judicial.go.cr
Fax: 24569029
__________________________________________________________________________________
Exp: 13-003208-0305-PE
Res: 2019-00076
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA DEL TERCER CIRCUITO
JUDICIAL DE ALAJUELA, SECCIÓN TERCERA. S.R., a las nueve horas
cuarenta y dos minutos (09:42a.m.) del cinco de febrero de dos mil diecinueve.
RECURSO DE APELACIÓN DE SENTENCIA interpuesto en la presente
causa seguida contra [Nombre 001], costarricense, portador de la cédula de
identidad [Valor 001], por un delito de ABUSO SEXUAL CONTRA MENOR DE
EDAD en perjuicio de [Nombre 006]. Intervienen en la decisión del recurso, las
juezas A.E.M., Y.G.S. y Annia
EnrÃÂquez ChavarrÃÂa. Se apersonan en apelación de sentencia, la licenciada
E.B.V., en calidad de representante del Ministerio Público.
RESULTANDO:
I.- Que mediante sentencia número
413-2018 de las catorce horas treinta y
seis minutos del diecisiete de mayo de dos mil diecinueve, el Tribunal de Juicio del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, resolvió:
"POR TANTO: De conformidad con
lo expuesto y artÃÂculos 39 y 41 de la Constitución PolÃÂtica, 8 de la Convención
Americana de Derechos Humanos, 10 de la De la Declaración de Derechos
Humanos, 9 inciso 2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y PolÃÂticos
artÃÂculos 1, 30, 31, 45,161 del Código penal; 1, 6, 9, 142, 180 a 184, 265 al 267
360 al 363 y 366 del Código Procesal Penal y en aplicación del
principio in dubio
pro-reo, se absuelve de toda pena y responsabilidad a [Nombre 001]
por el
delito de ABUSOS SEXUALES CONTRA PERSONA MENOR DE EDAD que
le venÃÂa atribuyendo la FiscalÃÂa, como cometido en perjuicio de
[Nombre 006].- Son los gastos a cargo del Estado. L. cualquier medida
cautelar dictada con motivo de este fallo. Ordénense las comunicaciones de
oficio
E.A.C., J.L.C.,
D.J.Q.M., JUECES DE JUICIO" (sic).
II.- Que contra el anterior pronunciamiento, la licenciada Evelyn Bedoya
Vega, en calidad de representante del Ministerio Público, interpuso recurso de
apelación de sentencia.
III.- Que verificada la deliberación respectiva, de conformidad con lo
dispuesto por el artÃÂculo 465 del Código Procesal Penal, el Tribunal de Apelación
de Sentencia del III Circuito Judicial de...
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