Sentencia Nº 2019-13 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, 17-01-2019

Número de sentencia2019-13
Fecha17 Enero 2019
Número de expediente17-000689-0219-PE
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago

*170006890219PE*


Expediente: 17-000689-0219-PE

Contra: [Nombre 003]

Delito: Violación Calificada y otro

Ofendido:[Nombre 002].

Res: 2019-13
Exp: 17-000689-0219-PE


TRIBUNAL DE APELACION DE SENTENCIA PENAL DE CARTAGO,SECCIÓN SEGUNDA. A las once horas cincuenta y cinco minutos del diecisiete de enero del año dos mil diecinueve.-
Recurso de apelación interpuesto en la presente causa seguida contra [Nombre 003], [...], por el delito de Violación Calificada y otro, en perjuicio de [Nombre 002]. Intervienen en la decisión del recurso la jueza X.G.C., así como, los jueces Marco Mairena Navarro y J.R.G.. Se apersonaron en apelación el MSc. A.M.M. en su condición de abogado defensor del imputado [Nombre 003] y la licenciada M.J.Z.C. representante del Ministerio Público.
Resultando:
1. Que mediante sentencia N°263-2018, de las siete horas cuarenta y cinco minutos del treinta de mayo de dos mil dieciocho, el Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, P.Z., resolvió: "POR TANTO: De conformidad con lo expuesto, artículos 39 y 41 de la Constitución Política, numeral 8 inciso dos de la Convención Americana de Derechos Humanos, ordinales 1, 30, 31, 45, 71 a 74, 161 inciso 1, 4 y 8 y 157 inciso 3 del Código Penal, numerales 1, 6, 9, 142 al 144, 180 al 184 244, 360, 361, 363, 364, 365, 366 y 367 del Código Procesal Penal; al resolver la presente causa, se declara a [Nombre 003] autor responsable de un delito de Abuso Sexual Contra Menor de Edad Agravado descrito en el hecho 2 de la acusación, así mismo se declara autor responsable de un delito de Violación Calificada descrita en el hecho 3 de la pieza acusatoria, cometidos en perjuicio de [Nombre 002], y en tal carácter se le impone por el delito de Abuso Sexual la pena de 4 años de prisión y por el delito de Violación Calificada la pena de 12 años de prisión, para un total de DIECISÉIS AÑOS DE PRISIÓN . Así mismo se ABSUELVE de toda pena y responsabilidad en aplicación del principio universal de In Dubio Pro Reo al acusado [Nombre 003], por el delito de Violación Calificada, descrito en el hecho 4 de la pieza acusatoria. En razón de no cumplir con los requisitos de ley y por el quantum de la pena impuesta, se le deniega al sentenciado el Beneficio de Ejecución Condicional de la Pena. Pena impuesta deberá descontarla en el lugar y forma que lo determinen los reglamentos penitenciarios previo abono de la preventiva que hubiera sufrido por este asunto. Se le impone al acusado [Nombre 003] las siguientes medidas cautelares 1- Firmar cada quince días en el Tribunal de Juicio de P.Z., iniciando el día de hoy y hasta la firmeza de la sentencia, 2-Se ordena el Impedimento de salida del país y 3- Mantener el domicilio fijo, en caso de cambiar de domicilio debe indicarlo en el término de veinticuatro horas a este despacho. Son los gastos del proceso penal a cargo del estado. Firme esta sentencia inscríbase en el Registro Judicial y testimóniense piezas para ante el Instituto Nacional de Criminología, el Juzgado de Ejecución de la Pena. E. al efecto los oficios, mandamientos y testimonios de estilo. M.M.V.. Cesar L.F.. Manuel Fallas Calderón. Jueces del Tribunal de Juicio."
2. Que contra el anterior pronunciamiento, el MSc. Alexander Mora Mora y la licenciada M.J.Z.C. interpus ieron el recurso de apelación.
3. Que verificada la deliberación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 466 del Código Procesal Penal, reformado por Ley 8837 publicada el nueve de diciembre de dos mil once (Creación de Recurso de Apelación de la Sentencia), el Tribunal se planteó las cuestiones formuladas en el recurso.
4 . Que en los procedimientos se han observado las prescripciones legales pertinentes.
R.e.J.a X.G.C., y;

Considerando:
I. La audiencia oral para conocer los motivos de impugnación se celebró a partir de las 9:22 horas del 3 de julio del 2018, en la sala de debates número 5 del edificio de los Tribunales de Justicia de Cartago integrándose el Tribunal de Apelación de Sentencia con los jueces Jorge A Rojas Fonseca, quien presidió, M.M.N. y Jaime Robleto Gutiérrez. Participaron además la Licenciada N.H.P., en...

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