Sentencia Nº 2019-13 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, 17-01-2019
Número de sentencia | 2019-13 |
Fecha | 17 Enero 2019 |
Número de expediente | 17-000689-0219-PE |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago |
*170006890219PE*
Expediente: 17-000689-0219-PE
Contra: [Nombre 003]
Delito: Violación Calificada y otro
Ofendido:[Nombre 002].
Res: 2019-13
Exp: 17-000689-0219-PE
TRIBUNAL DE APELACION DE SENTENCIA PENAL DE
CARTAGO,SECCIÓN SEGUNDA. A las once horas cincuenta y cinco
minutos del diecisiete de enero del año dos mil diecinueve.-
Recurso de apelación interpuesto en la presente causa seguida
contra [Nombre 003], [...], por el delito de Violación Calificada y otro, en
perjuicio de [Nombre 002]. Intervienen en la decisión del recurso la jueza
X.G.C., asàcomo, los jueces
Marco
Mairena Navarro y J.R.G.. Se apersonaron en apelación el
MSc. A.M.M. en su condición de abogado defensor del
imputado [Nombre 003] y la licenciada M.J.Z.C.
representante del Ministerio Público.
Resultando:
1.
Que mediante sentencia N°263-2018,
de las siete horas cuarenta y
cinco minutos del treinta de mayo de dos mil dieciocho, el Tribunal Penal
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, P.Z., resolvió:
"POR
TANTO: De conformidad con lo expuesto, artÃÂculos 39 y 41 de la
Constitución PolÃÂtica, numeral 8 inciso dos de la Convención Americana de
Derechos Humanos, ordinales 1, 30, 31, 45, 71 a 74, 161 inciso 1, 4 y 8 y
157 inciso 3 del Código Penal, numerales 1, 6, 9, 142 al 144, 180 al 184
244, 360, 361, 363, 364, 365, 366 y 367 del Código Procesal Penal; al
resolver la presente causa, se declara a [Nombre 003] autor responsable
de un delito de Abuso Sexual Contra Menor de Edad
Agravado descrito en el hecho 2 de la acusación, asàmismo se declara
autor responsable de un delito de Violación Calificada descrita en el hecho
3 de la pieza acusatoria, cometidos en perjuicio de [Nombre 002], y en tal
carácter se le impone por el delito de Abuso Sexual la pena de 4 años de
prisión y por el delito de Violación Calificada la pena de 12 años de
prisión, para un total de DIECISÉIS AÑOS DE PRISIÓN
. Asàmismo se
ABSUELVE de toda pena y responsabilidad en aplicación del principio
universal de In Dubio Pro Reo al acusado [Nombre 003], por el delito de
Violación Calificada, descrito en el hecho 4 de la pieza
acusatoria. En razón de no cumplir con los requisitos de ley y por el
quantum de la pena impuesta, se le deniega al sentenciado el Beneficio
de Ejecución Condicional de la Pena. Pena impuesta deberá descontarla en
el lugar y forma que lo determinen los reglamentos penitenciarios previo
abono de la preventiva que hubiera sufrido por este asunto. Se le impone
al acusado [Nombre 003] las siguientes medidas cautelares 1- Firmar cada
quince dÃÂas en el Tribunal de Juicio de P.Z., iniciando el dÃÂa de
hoy y hasta la firmeza de la sentencia, 2-Se ordena el Impedimento de
salida del paÃÂs y 3- Mantener el domicilio fijo, en caso de cambiar de
domicilio debe indicarlo en el término de veinticuatro horas a este
despacho. Son los gastos del proceso penal a cargo del estado. Firme esta
sentencia inscrÃÂbase en el Registro Judicial y testimóniense piezas para
ante el Instituto Nacional de CriminologÃÂa, el Juzgado de Ejecución de la
Pena. E. al efecto los oficios, mandamientos y testimonios de
estilo. M.M.V.. Cesar L.F.. Manuel Fallas
Calderón. Jueces del Tribunal de Juicio."
2.
Que contra el anterior pronunciamiento, el MSc. Alexander Mora
Mora y la licenciada M.J.Z.C. interpus
ieron el recurso de
apelación.
3.
Que verificada la deliberación respectiva de conformidad con lo
dispuesto por el artÃÂculo 466 del Código Procesal Penal, reformado por Ley
8837 publicada el nueve de diciembre de dos mil once (Creación de
Recurso de Apelación de la Sentencia), el Tribunal se planteó las
cuestiones formuladas en el recurso.
4
. Que en los procedimientos se han observado las prescripciones
legales pertinentes.
R.e.J.a X.G.C., y;
Considerando:
I. La audiencia oral para conocer los motivos de impugnación se
celebró a partir de las 9:22 horas del 3 de julio del 2018, en la sala de
debates número 5 del edificio de los Tribunales de Justicia de Cartago
integrándose el Tribunal de Apelación de Sentencia con los jueces Jorge A
Rojas Fonseca, quien presidió, M.M.N. y Jaime Robleto
Gutiérrez. Participaron además la Licenciada N.H.P., en...
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