Sentencia Nº 2019-220 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, 29-05-2019

Número de sentencia2019-220
Fecha29 Mayo 2019
Número de expediente13-000182-0345
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago
1

*130001820345PE*




Expediente: 13-000182-0345 -PE

Contra: [Nombre 001]

Delito: Abuso sexual contra persona menor de edad agravado.

Persona ofendida: [Nombre 006]. y [Nombre 007].

Res: 2019-220

Exp: 13-000182-0345 -PE

Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, sección Primera. A las once horas treinta y ocho minutos del veintinueve de mayo del dos mil diecinueve.

Recurso de apelación interpuesto en la presente causa seguida contra [Nombre 001], [...], por el delito de Abuso sexual contra persona menor de edad agravado, en perjuicio de [Nombre 006]. y [Nombre 007]. Intervienen en la decisión del recurso los jueces D.F.R., C.F.M., así como, la jueza I.C.C.. Se apersonaron en apelación los licenciados G.R.B. en calidad de defensor público del imputado [Nombre 001] y J.M.M., representante del Ministerio Público.

Resultando:

1. Que mediante sentencia número N° 118-2019 de las once horas cinco minutos del veinticinco de febrero del dos mil diecinueve, el Tribunal Penal de Juicio de Cartago, resolvió: "POR TANTO: De conformidad con los razonamientos expuestos y artículos 39 y 41 de la Constitución Política; 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; 8 inciso segundo de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 1, 4, 16, 18 a 20, 22, 30, 31 34, 45, 50, 51, 71 a 74, 76 y 161 inciso 1 del Código Penal; 1, 45, 47, 130, 141 al 145, 184, 239, 240, 265 a 269, 360, 361, 363 a 365 y 367 del Código Procesal Penal; por unanimidad de los votos de este Tribunal se declara a [Nombre 001] autor responsable de CUATRO delitos de ABUSO SEXUAL CONTRA PERSONA MENOR DE EDAD AGRAVADO en Concurso Material, en perjuicio de los menores [Nombre 006]. y [Nombre 007]. En consecuencia, se le impone la pena de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN por cada delito para un total de DIECISÉIS AÑOS DE PRISIÓN , que en aplicación de las reglas del concurso material se adecúa al tanto de DOCE AÑOS DE PRISIÓN , pena que deberá descontar en el lugar y forma que determinen los respectivos reglamentos penitenciarios, previo descuento de la preventiva cumplida si la hubiere. Firme la sentencia, comuníquese al Instituto Nacional de Criminología, Juez de Ejecución de Pena y Registro Judicial. Con el fin de mantener al imputado sujeto al proceso se ordena como medida cautelar la obligación de firmar en este despacho una vez al mes iniciando el día de hoy 25 de...

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