Sentencia Nº 2019-423 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, 11-09-2019

Número de sentencia2019-423
Número de expediente18-000347-1295-PE
Fecha11 Septiembre 2019
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago

*180003471295PE*


Expediente: 18-000347-1295-PE
Contra: M.W.D.B.
Delito: Robo agravado
Ofendido: [Nombre 001]
Res: 2019-423
Exp: 18-000347-1295-PE
Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, Sección Segunda. A las nueve horas cuarenta y cinco minutos del once de setiembre de dos mil diecinueve.
Recurso de apelación interpuesto en la presente causa seguida contra M.W.D.B mayor, nacido el veintiuno de febrero de mil novecientos ochenta y cuatro, con cédula de identidad número uno - mil doscientos - trescientos noventa y uno, por el delito de Robo agravado, en perjuicio de [Nombre 001]. Intervienen en la decisión del recurso las juezas K.V.C. y X.G.C. y el juez M.M.N.. Se apersonaron en apelación el licenciado Brayan Córdoba Córdoba, en su condición de defensor público del imputado y la licenciada M.J.Z.C representante del Ministerio Público.
Resultando:
1. Que mediante sentencia 147-2019 de las quince horas quince minutos del dieciocho de marzo de dos mil diecinueve, el Tribunal de Juicio del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, sede P.Z resolvió: "POR TANTO : De conformidad con lo expuesto artículos 39 y 41 de la Constitución Política, artículos 1, 22, 30, 42, 43, 44, 50, 51, 71 a 74, 213 inciso 1) del Código Penal; y artículos 1 al 6, 9, 142, 180 al 184, 238, 239, 240, 265 a 267, 303, 341, 365, 367 del Código Procesal Penal, se declara a M.W.D.B. autor responsable de un delito de ROBO AGRAVADO cometido en perjuicio de [Nombre 001] y en tal carácter se le impone la pena de CINCO AÑOS DE PRISIÓN. Con el fin de asegurar el cumplimiento de la pena impuesta, se prorroga la Prisión Preventiva del encartado DUARTE BEITA por el plazo de SEIS MESES , mismos que corren a partir del día de hoy hasta el dieciocho de setiembre de dos mil diecinueve. Son los gastos del proceso a cargo del Estado. Se ordena el levantamiento de cualquier medida cautelar distinta a la prorrogada que se haya dictado en contra del aquí imputado en la presente causa. Quedan las partes notificadas en este acto con la exposición oral de la sentencia. (Alegatos y Argumentos debidamente Grabados en audio y video incorporada al expediente digital). C.L.F., C.E.P., M.F.C., JUECES DE JUICIO DE P.Z.. (sic)."
2. Que contra el anterior pronunciamiento, el licenciado B.C.C. interpuso el recurso de apelación.
3. Que verificada la deliberación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 466 del Código Procesal Penal, reformado por Ley 8837 publicada el nueve de diciembre de dos mil once (Creación de Recurso de Apelación de la Sentencia), el Tribunal se planteó las cuestiones formuladas en el recurso.
4 . Que en los procedimientos se han observado las prescripciones legales pertinentes.
Redacta la Jueza Valverde Chaves, y;
Considerando:
I.- La defensa técnica del encartado plantea recurso de apelación contra la sentencia 147-2019 del Tribunal Penal del I Circuito Judicial de la Zona Sur, S.P.Z., de quince horas quince minutos del dieciocho de marzo de dos mil diecinueve, en la que se declara autor responsable a M.D.B. de un delito de robo agravado en perjuicio de [Nombre 001], por lo que se le impuso la pena de cinco años de...

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