Sentencia Nº 2019-431 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, 12-09-2019
Número de sentencia | 2019-431 |
Fecha | 12 Septiembre 2019 |
Número de expediente | 17-001137-0071 |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago |
*170011370071PE*
Expediente: 17-001137-0071 -PE
Contra: Rodrigo Pablo Varela Castillo
Delito: Homicidio calificado y otro
Persona ofendida: [Nombre 001] y otro.
Res: 2019-431
Exp: 17-001137-0071-PE
Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, sección Primera.
A las once horas treinta minutos del
doce de setiembre de dos mil diecinueve.
Vista la solicitud de prórroga de la prisión preventiva realizada por el licenciado R.E.S.M., Fiscal
auxiliar de La Unión contra el imputado R.P.V.C.; en causa seguida contra Rodrigo Pablo
Varela Castillo por el delito de Homicidio calificado y otros en perjuicio de [Nombre 001] y otro, este Tribunal
integrado por las juezas X.G.C. y K.V.C. asàcomo por el juez Rodrigo
Obando SantamarÃÂa resuelve;
R. la jueza X.G.C.,
Considerando:
I. Sobre la solicitud de medida cautelar.
La representación del Ministerio Público, mediante
escrito de fecha 2 de setiembre del 2019, solicita prórroga extraordinaria de la prisión preventiva del imputado
R.P.V.C. por el plazo de seis meses, indica que el plazo ordinario vence el 18 de
setiembre de 2019. Fundamenta su solicitud en lo siguiente: a. Transcribe la plataforma fáctica acusada en
este proceso, según la cual, en resumen, el once de noviembre del dos mil diecisiete, alrededor de dos y
treinta y siete de la madrugada, en San Vicente de Tres RÃÂos, en el cantón de La Unión de Cartago, el
endilgado V.C., quien viajaba como acompañante en una motocicleta conducida por un sujeto no
identificado, actuando sobre seguro y sin ningún riesgo para sÃÂ, disparó un arma de fuego de manera artera
sorpresiva y discriminada contra la humanidad de los ofendidos [Nombre 002] y [Nombre 001], quienes se
hallaban a bordo de un vehÃÂculo automotor, con lo que dio muerte de forma inmediata a la
primera al impactarla en su cabeza y puso en peligro la vida del segundo, que resultó con lesiones en su
cabeza y extremidades que le incapacitaron durante tres dÃÂas para sus actividades habituales (Cfr. solicitud
fiscal). b. Señala que en el proceso ha quedado establecida la probabilidad de participación del imputado en
los hechos que se le atribuyen, fue condenado a cincuenta años de prisión mediante sentencia N°33-2019 del
Tribunal Penal de Cartago, que fue apelada ante este Tribunal de Apelación de Sentencia Penal, impugnación
que se encuentra pendiente de resolver. c. Existe un peligro de fuga considerado desde el inicio del proceso
por el Juez Penal que dispuso la prisión preventiva, debido a la alta pena impuesta, el cual subsiste debido a
que el justiciable fue condenado a una alta pena de prisión que deberá descontar, por lo que, en caso de
estar en libertad, puede intentar sustraerse del proceso. Esas circunstancias no han variado y la prórroga de la
prisión preventiva es necesaria para asegurar los resultados del proceso, mientras se resuelve el recurso de
apelación planteado.
II. Sobre la audiencia a la defensa.
Esta Cámara, mediante resolución de las nueve horas veintiún
minutos del tres de setiembre del dos mil diecinueve, confirió audiencia a la defensa del encartado, sin que a
la fecha conste respuesta alguna.
III. Sobre la competencia del Tribunal de Apelación de Sentencia para conocer sobre la solicitud de
prórroga. Conforme lo aportado por el Ministerio Público y los legajos respectivos, se establecen las siguientes
fechas de interés en relación con la privación de libertad del imputado V.C.:
1. Fue detenido por el...
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