Sentencia Nº 2019-638 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, 18-12-2019

Número de sentencia2019-638
Fecha18 Diciembre 2019
Número de expediente18-000489-0058-PE
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago
1

*180004890058PE*


Expediente:18-000489-0058-PE
Contra: O.A.G.G. y otro
Delito: Tentativa de Homicidio Calificado
Persona ofendida: [Nombre 001]

Res: 2019-638

Exp: 18-000489-0058-PE

Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, sección Segunda. A las nueve horas veinticinco minutos del dieciocho de diciembre del dos mil diecinueve.

Recurso de apelación interpuesto en la presente causa seguida contra O.A.G.G., mayor, nacido el diecisiete de octubre de mil novecientos noventa y cinco, con cédula de identidad número tres- cuatrocientos noventa- cero ochenta y nueve, B.S.M., mayor, nacido el quince de julio de mil novecientos noventa y tres, con cédula de identidad número uno- mil quinientos cuarenta y dos- trescientos sesenta y cinco, S.M.M., mayor, nacido el primero de diciembre de mil novecientos noventa y dos, con cédula de identidad número tres- cuatrocientos sesenta y seis- novecientos cuarenta y cinco, por el delito de Tentativa de Homicidio Calificado, en perjuicio de [Nombre 001]. Intervienen en la decisión del recurso la jueza X.G.C., así como, los jueces Jaime Robleto Gutiérrez y M.M.N.. Se apersonaron en apelación los licenciados Mario Enrique Gómez Somarribas en calidad de defensor particular del imputado O.A.G.G., la licenciada R.B.L. en calidad de defensora pública del encartado S.M.M., el licenciado D.V.M. defensor particular de endilgado B.S.M., el licenciado Deiber Pérez Ruiz abogado de la Oficina de Defensa Civil de la Víctima y J.M.M., representante del Ministerio Público.

Resultando:

1. Que mediante sentencia número N°553-2019 de las dieciséis horas treinta y cinco minutos del diez de julio de dos mil diecinueve, el Tribunal Penal de Cartago, resolvió: " POR TANTO: De conformidad con lo establecido en los artículos 39 y 41 de la Constitución Política; 1, 18 a 20, 30, 31, 45, 71, 112 del Código Penal; 1, 6, 12, 142, 180, 182, 258, 265, 324, 357, 360, 361, 364, 365 y 367, del Código Procesal Penal; 122 a 125 del Código Penal de 1941 respecto de Reglas Vigentes sobre Responsabilidad Civil, según Ley N° 4891 de 8 de noviembre de 1971; 1045 Y 1048 del Código Civil y Decreto Ejecutivo N° 39078-J, este Tribunal resuelve por unanimidad, declarar a STEVEN MATARRITA MONTERO, OSCAR ALONSO GÓMEZ GAMBOA Y BRANDON SÃ

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR