Sentencia Nº 2020-014 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, 14-01-2020
Número de sentencia | 2020-014 |
Número de expediente | 18-000014-0455-PE |
Fecha | 14 Enero 2020 |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago |
*180000140455PE*
Expediente: 18-000014-0455-PE
Contra: E.R.R.
Delito: Incumplimiento de una medida de protección
Ofendido: [Nombre 005]
Res: 2020-014
Exp: 18-000014-0455-PE
Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, Sección Segunda.
A las diez horas cincuenta minutos del
catorce de enero de dos mil veinte.
Recurso de apelación interpuesto en la presente causa seguida contra
E.R.R., mayor,
nacido el veinticuatro de enero de mil novecientos sesenta y uno, con cédula de identidad número uno -
quinientos setenta y nueve - novecientos veintidós, por el delito de Incumplimiento de una medida de
protección, en perjuicio de [Nombre 005]
. Intervienen en la decisión del recurso los jueces Marco Mairena
Navarro y J.R.G. y la jueza X.G.C.. Se apersonó en apelación
el licenciado J.E.R.R., en su condición de defensor público del imputado.
Resultando:
1.
Que mediante sentencia , el Tribunal de Juicio de , resolvió: "
POR TANTO: De conformidad con lo
establecido en los artÃÂculos 39 y 41 de la Constitución PolÃÂtica; artÃÂculos 1, 12, 18 a 20, 21, 30, 31, 63, 75 Código Penal,
artÃÂculo 43 de la Ley de Penalización de la Violencia Contra Las Mujeres; 1, 54, 142, 360 a 365 y 367, del Código
Procesal Penal; se declara a ENOC ROJAS ROJAS autor responsable de un delito de un delito de INCUMPLIMIENTO
DE MEDIDA DE PROTECCION, cometido en perjuicio de
[Nombre 005]
imponiéndosele al imputado SEIS MESES DE
PRISIÓN ,la pena impuesta la
deberá descontar en el lugar y forma que determinen los respectivos
reglamentos penitenciarios, previo descuento de la prisión preventiva en caso que la hubiese.Al no cumplir el imputado
con los requisitos de los artÃÂculos 59 y 60 del Código Penal, no se le concede el BENEFICIO DE EJECUCIÓN
CONDICIONAL DE LA PENA.
Una vez firme esta sentencia se expedirá las comunicaciones respectivas ante el Instituto
Nacional de CriminologÃÂa, el Juzgado de Ejecución de la Pena y el Registro Judicial. Se resuelve sin especial condenatoria
en costas. NOTIFÃ
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