Sentencia Nº 2020-016 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, 14-01-2020
Número de sentencia | 2020-016 |
Fecha | 14 Enero 2020 |
Número de expediente | 19-002552-0345-PE |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago |
*190025520345PE*
Expediente: 19-002552-0345-PE
Contra: Juan Carlos O.M.
Delito: Robo agravado
Ofendido: [Nombre 001]
Res: 2020-016
Exp: 19-002552-0345-PE
Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, Sección Segunda.
A las diez horas cincuenta y seis
minutos del catorce de enero de dos mil veinte.
Recurso de apelación interpuesto en la presente causa seguida contra
J.C.O.M
mayor, nacido el catorce de enero de mil novecientos noventa y uno, con cédula de identidad número uno - mil
cuatrocientos cincuenta y cuatro - cuatrocientos diecinueve, por el delito de Robo agravado, en perjuicio de
[Nombre 001]. Intervienen en la decisión del recurso los jueces M.M.N. y Jaime Robleto
Gutiérrez y la jueza X.G.C.. Se apersonaron en apelación los licenciados Mauricio Araya
Morales, en su condición de defensor público del imputado y J.M.M., representante del
Ministerio Público.
Resultando:
1.
Que mediante sentencia 920-2019 de las catorce horas cinco minutos del catorce de noviembre de
dos mil diecinueve, el Tribunal de Juicio de Cartago, resolvió: "POR TANTO
: De conformidad con lo expuesto y
artÃÂculos 39 y 41 de la Constitución PolÃÂtica, 1, 4, 11, 16, 20, 21, 30, 45, 50, 56 bis, 57 bis, 71, 213 inciso 1) del Código
Penal, 1, 141, 142, 143, 266 a 270, 373 a 375 del Código procesal Penal: Se acoge el procedimiento especial abreviado y
se declara a J.C.O.M. autor responsable del delito de ROBO AGRAVADO, cometido en perjuicio de
[Nombre 002] y en tal carácter se le impone TRES AÑOS Y CUATRO MESES DE PRISIÓN,
que deberá cumplir en el
Centro Carcelario correspondiente, previo abono de la prisión preventiva cumplida. No se le concede
beneficio de ejecución condicional de la pena ni la aplicación de alguna sanción alternativa. Se resuelve sin especial
condena en costas. En razón de lo resuelto y de conformidad con lo establecido en el artÃÂculo 258 del Código Procesal
Penal, se ordena la prórroga de la prisión preventiva del encartado J.C.O.M. del 6 de diciembre de
2019 al 6 de junio de 2020. RemÃÂtanse los comunicados correspondientes al Registro Judicial, al Instituto Nacional de
CriminologÃÂa, al Juzgado de Ejecución de la Pena, para lo que corresponda. N. a todas las partes.- SUSANA
WITTMANN STENGEL - JUEZ/A DECISOR/A. (sic)."
2.
Que contra el anterior pronunciamiento, el licenciado M.A.M. interpuso el recurso de
apelación.
3.
Que...
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