Sentencia Nº 2020-1205 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José, 24-07-2020
Número de sentencia | 2020-1205 |
Fecha | 24 Julio 2020 |
Número de expediente | 14-000557-0597-PE(18) |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José |
Resolución: 2020-1205
Expediente: 14-000557-0597-PE(18)
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL
. Segundo Circuito
Judicial de San José. G., al ser las trece horas treinta minutos, del
veinticuatro de julio de dos mil veinte.-
RECURSOS DE APELACIÓN
interpuestos en la presente causa seguida contra
[Nombre 009], [...]; por el delito de VIOLACIÓN, en perjuicio de [Nombre 001]
. Intervienen
en la
decisión de los recursos las juezas M.B.P., E.M.M. y el
juez R.A.B.R.. Se apersonaron en esta sede el licenciado Carlos
Calderón Barrios, abogado de la Oficina de la Defensa Civil de la VÃÂctima y la licenciada
M.C.C., en representación del Ministerio Público, FiscalÃÂa de B..
RESULTANDO:
I.- Que mediante sentencia número 195-2020, de las quince horas veinte minutos del
dos de marzo de dos mil veinte, el Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, B., resolvió: "
POR TANTO: De lo expuesto y conforme a los artÃÂculos artÃÂculo 29
incisos 1 a 4 de las Reglas MÃÂnimas de las Naciones Unidas para el Procedimiento en Materia
Penal, 39 y 41 de la Constitución, 1, 2, 6, 9, 142, 265, 266 y 267, 360, 364, 365 y 366 del Código
Procesal Penal, articulos 1, 30, 45, 156 del Código Penal, se absuelve de toda pena y
responsabilidad a [Nombre 009] en aplicación del Principio Universal de Indubio pro Reo
por tres DELITOS DE VIOLACIÓN
en perjuicio de [Nombre 001]
. Se declara sin lugar la Acción
Civil Resarcitoria incoada por la ofendida [Nombre 001] -por delegación expresa en la Oficina de
la Defensa Civil de la VÃÂctima del Ministerio Públicoen contra
del demandado civil [Nombre 009]. Se ordena levantar las medidas cautelares ordenadas en
contra de [Nombre 009], si tra causa penal no lo impide. Se resuelve sin especial condenatoria
en costas en lo civil y en lo penal, corren los gastos del proceso por cuenta del
Estado. Se hace constar que lo totalidad de la audiencia y todas sus incidencias fueron
grabadas en formato digital, registro electrónico al que las partes podrán tener acceso en
caso de requerirlo. N. mediante lectura.-" (sic)
.
II.-
Que contra el anterior pronunciamiento, el licenciado C.C.B
abogado de la Oficina de la Defensa Civil de la VÃÂctima y la licenciada Marybeth Chinchilla
Céspedes, en representación del Ministerio Público, FiscalÃÂa de B., interpusieron
recurso de apelación.
III.- Que verificada la deliberación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el
artÃÂculo 465 del Código Procesal Penal, el Tribunal se planteó las cuestiones formuladas en
el recurso de apelación.
IV.- Que en los procedimientos se han observado las prescripciones legales
pertinentes.
Redacta la jueza de apelación de sentencia penal
B.P.; y,
CONSIDERANDO:
I.- M
ediante escrito presentado el dÃÂa 25 de marzo del 2020, que consta de folios 25
a 27 del legajo de apelación y sentencia confeccionado para la etapa de impugnación, la
licenciada M.C.C., en su condición de representante del Ministerio
Público, interpuso recurso de apelación en contra de la sentencia escrita N° 195-2020 del
Tribunal de Juicio del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, Talamanca
B., de las 15:20 horas del 02 de marzo del 2020, a través de la cual se absolvió al
imputado [Nombre 009] de tres delitos de violación en perjuicio de
[Nombre 001]. De igual
manera, el dÃÂa 16 de abril de año 2020, el...
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