Sentencia Nº 2020-1217 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José, 28-07-2020

Número de sentencia2020-1217
Número de expediente10-000280-0994-PE(12)
Fecha28 Julio 2020
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José
Resolución: 2020-1217
Expediente: 10-000280-0994-PE(12)
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL . Segundo Circuito Judicial de San José. G., al ser las quince horas cincuenta minutos, del veintiocho de julio de dos mil veinte.-
RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en la presente causa seguida contra [Nombre 003], [...]; por el delito de ABUSO SEXUAL EN CONTRA DE PERSONA MENOR DE EDAD E INCAPACES en perjuicio de [Nombre 001]. (MENOR DE EDAD). Intervienen en la decisión del recurso el juez E.E.J.G., las juezas Rosa María Acón Ng y L.G.M.M.. Se apersonaron en esta sede las licenciadas A.M.B. y A.C.C.C., ambas en representación del Ministerio Público, Fiscalía Adjunta de Género y Unidad de Impugnaciones, respectivamente .
RESULTANDO:
I.- Que mediante sentencia número 385-2020, de las catorce horas veintinueve minutos del quince de mayo de dos mil veinte, el Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San José, resolvió: " POR TANTO: De conformidad con las razones expuestas y lo establecido en los artículos 39 y 41 de la Constitución Política; 161 incisos 1), 2), 5) y 8) del Código Penal; 1, 9, 142, 180 a 184, 265, 324 a 328, 330, 333, 334, 336, 341 a 366 del Código Procesal Penal; por unanimidad de votos, este Tribunal resuelve: Se ABSUELVE DE TODA PENA Y RESPONSABILIDAD al señor [Nombre 003] por doce delitos de ABUSO SEXUAL EN PERJUICIO DE MENOR DE EDAD [Nombre 001]. en aplicación del principio de in dubio pro reo. Son los gastos de este proceso a cargo de El Estado. Se ordena el cese de la medida cautelar de prisión preventiva que pesa en contra del absuelto, si otra causa penal no lo impide. Investíguese por el ente fiscal lo relativo a cualquier ilícito cometido en perjuicio de la denunciante cuando la misma tenía la condición de menor de edad. C. a la Dirección General de Migración y Extranjería la condición migratoria irregular del señor [Nombre 003]. Se ordena destrucción de DVD correspondiente a la denuncia, una vez firme esta decisión. EN FORMA ORAL SE NOTIFICA EL CONTENIDO INTEGRAL DE ESTA SENTENCIA.-" (sic).
II.- Que contra el anterior pronunciamiento, la licenciada Andrea Murillo Briones, en representación del Ministerio Público, Fiscalía Adjunta de Género interpuso recurso de apelación.
III.- Que verificada la deliberación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 465 del ...

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