Sentencia Nº 2020-1396 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José, 28-08-2020

Número de sentencia2020-1396
Fecha28 Agosto 2020
Número de expediente15-000068-0618-PE
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José
Resolución: 2020-1396
Expediente: 15-000068-0618-PE (16)
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL. Segundo Circuito Judicial de San José. G., al ser las once horas quince minutos del veintiocho de agosto de dos mil veinte.-
Visto el escrito presentado por el ofendido [Nombre 001], en su condición de ofendido, donde peticiona pronto despacho del recurso de apelación de sentencia penal, presentado por la demandada ASOCIACIÓN VIDA ABUNDANTE Y OTROS, por el delito de INFRACCIÓN A LA LEY DE PROCEDIMIENTOS DE OBSERVANCIA DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, se resuelve:
R. la jueza de apelación de sentencia penal M.M. ; y,
CONSIDERANDO:
I.- El ofendido [Nombre 001], presentó un pronto despacho en la causa número 15-000068-0618-PE, acerca del recurso de apelación de sentencia penal incoado por la demandada Asociación Vida Abundante y otros, por el delito de infracción a la Ley de Procedimientos de Observancia de la Propiedad Intelectual. Manifiesta, que duración del presente proceso penal ha sido de cinco años, y ello se corrobora en el expediente en general donde cada fase ha sido retrotraída por razones distintas, lo que definitivamente ha imposibilitado el dictado de una sentencia en firme, que le permita materializar sus derechos humanos y obtener una justicia pronta y cumplida, así el derecho fundamental a laborar, como autor y dueño legítimo del personaje en cuestión desde hace cuarenta y siete años. Aduce que, es una persona adulta mayor y que los instrumentos internacionales, así como la normativa nacional le brindan una protección especial y que, a nivel judicial, se debe reflejar en una tramitación preferencial, pues una tardanza judicial excesiva en la vida de una persona de edad avanzada, le puede devenir en un deterioro de su salud física y emocional, lo cual ha sido su caso. En la misma línea, indica que, este proceso está estrechamente vinculado con su facultad de retomar el trabajo, por lo que durante los cinco años que estado inmerso en este litigio, su trabajo se ha paralizado, y esto ha afectado la posibilidad de procurarse recursos económicos para mantener una vida digna y de calidad. Refiere además que, cuando inició este proceso tenía sesenta y cuatro años, en la actualidad está cerca de cumplir setenta años, con la amarga sensación de haber perdido cinco años de su vida normal, a la que tenía pleno...

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